DEBE HABER CONSULTA PÚBLICA ANTES DE ELABORAR LA LEY DE PERSONAS CON ESPECTRO AUTISTA: YASMÍN ESQUIVEL

• La SCJN declaró inconstitucional la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista de Baja California Sur, debido a la falta de consulta previa a las personas afectadas y sus organizaciones representativas.

• La Ministra Esquivel subrayó que la legislación debía garantizar la participación efectiva de las personas con autismo, pues la mera presencia de algunas organizaciones en la discusión del dictamen no cumplió con los estándares de consulta exigidos por la SCJN y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

CDMX, 13 DE MARZO DE 2025. En una decisión mayoritaria, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la totalidad de la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista de Baja California Sur.
La determinación se tomó debido a la omisión del Congreso local de realizar una consulta previa con las personas con la condición del espectro autista y sus organizaciones representativas, requisito indispensable conforme a tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Durante la sesión, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa fundamentó su voto a favor de la invalidez destacando que la ley, al impactar directamente sobre un sector determinado de la población con una discapacidad específica, debía haber sido sometida a un proceso de consulta conforme al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Así, Esquivel Mossa evidenció la falta de un proceso de consulta, pues explicó que la presencia de algunas personas en representación de organizaciones durante la discusión del dictamen no cumple con los estándares mínimos establecidos por la SCJN para escuchar el punto de vista de las personas directamente afectadas con la mencionada ley.