CDMX Penaliza el maltrato animal en ritos y santería: Reformas y sanciones vigentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado las reformas legales que sancionan el maltrato animal en rituales religiosos, incluida la santería, en la Ciudad de México. Esta decisión establece un precedente en el marco jurídico de protección animal, al delimitar la libertad de culto frente al bienestar animal.

Antecedentes del Caso

El origen de esta resolución se remonta a una impugnación presentada por una practicante de santería cubana. La santera argumentó que las reformas a los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal capitalino, aprobadas en 2023, vulneraban su libertad religiosa, ya que sus rituales incluían la inmolación de animales como parte de actos de veneración y sacrificio a deidades.

El reclamo buscaba invalidar estas disposiciones legales bajo el argumento de discriminación y la imposición de límites a la práctica de su culto. Sin embargo, la SCJN determinó que las reformas no violan derechos fundamentales, pues su finalidad principal es garantizar el bienestar animal.

Resolución de la Suprema Corte

En una sesión realizada el 22 de enero de 2025, la Primera Sala de la SCJN aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que declaró constitucionales los artículos 350 Bis y 350 Ter. La Corte argumentó que el Congreso de la Ciudad de México tiene las facultades necesarias para legislar en materia de protección animal, y que la libertad de religión, aunque protegida por la Constitución, no es un derecho absoluto.

Los ministros coincidieron en que las disposiciones no discriminan por razones de credo, ya que las normas aplican de manera general a cualquier acto que implique crueldad animal. Además, señalaron que el marco legal está alineado con la Constitución de la CDMX, que reconoce a los animales como “seres sintientes” y garantiza su protección.

Detalles de las Sanciones

De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, las sanciones por maltrato animal en rituales y santería son las siguientes:

  • Tres años de cárcel para quienes causen lesiones, daño o alteraciones en la salud de un animal.
  • Hasta seis años de cárcel para quienes priven de la vida a cualquier animal como parte de estas prácticas.

Estas penas buscan desalentar prácticas que impliquen crueldad contra animales, estableciendo un marco punitivo que protege su integridad y respalda los principios de bienestar animal.

Fundamentos Jurídicos

La SCJN destacó que los límites impuestos por estas reformas están basados en la obligación constitucional de respetar la vida e integridad de los animales. Asimismo, aclaró que las normas no se dirigen específicamente a una religión o creencia, sino a cualquier conducta que implique maltrato animal, sin importar el contexto.

La decisión de la Suprema Corte refleja un equilibrio entre el respeto a la libertad de culto y la protección de los derechos de los animales, alineándose con las tendencias internacionales sobre bienestar animal y justicia ambiental.