Con el propósito de mantener el orden durante la jornada electoral algunos estados tendrán ley seca, además de acuerdo a la fracción IX del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, se designó el dos de junio como descanso oficial.
El próximo dos de junio se llevarán a cabo las elecciones federales y estatales más grandes de la historia del país, por lo que el gobierno activó la ley seca por lo que se prohíbe la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico.
De acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 330, las autoridades competentes de cada entidad federativa deberán establecer medidas para limitar el horario de servicio de establecimientos en cuanto a la venta y consumo de bebidas.
La Ley Seca aplicará a partir de las 00:01 horas del sábado 1 de junio y hasta las 23:59 horas del 2 de junio del año en curso, por lo que se suspende la venta de bebidas embriagantes en dicho periodo.
Qué lugares no podrán vender alcohol?
Los lugares que no podrán vender bebidas alcohólicas son:
Vinaterías.
Tiendas de abarrotes.
Supermercados con licencia para venta de vinos y licores.
Tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación.
Ventas a domicilio en el que se comercialicen y obsequian bebidas alcohólicas para el consumo humano.
¿Cuáles son las sanciones por no respetar la ley seca?
Para aquellos establecimientos que no respeten la ley seca tendrán una sanción. Conforme a la ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México aquellos lugares que infrinjan la ley, la autoridad tiene el derecho de realizar un inventario y asegurar de forma inmediata las bebidas.
Una vez realizada esta acción las bebidas se trasladarán a un sitio de almacenaje, mientras que el titular del establecimiento o evento recibirá una sanción desde servicio comunitario hasta multas de 2,028 a 2,886 pesos y podrá ser arrestado de 25 a 36 horas.