El Ministro Alberto Pérez Dayán ha tomado una decisión relevante al admitir a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados y senadores de oposición, así como por varios partidos políticos, incluyendo el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y el partido local de Jalisco “Hagamos”. Estas acciones fueron presentadas en contra de las reformas a la Ley General de Comunicación Social, que se considera la primera etapa del Plan B de la reforma electoral. En consecuencia, el Ministro ha ordenado que estos cambios no se apliquen en los estados de México y Coahuila, donde habrá elecciones este año.
El acuerdo del Ministro justifica su decisión señalando que es necesario preservar la materia del juicio, ya que de aplicarse el criterio interpretativo en los procesos electorales en los Estados de Coahuila y en el Estado de México, podrían verse afectados los bienes jurídicos en juego que son propios del proceso participativo y de los procesos electorales. Además, lo contrario ocasionaría un daño a la sociedad, ya que se modificarían las reglas previstas para los procesos electorales que se desarrollan en el país.
En concreto, se trata de las acciones de inconstitucionalidad 29/2023, 30/2023, 31/2023, 37/2023, 38/2023, 43/2023 Y 47/2023, presentadas desde el mes pasado y que se encontraban pendientes de ser admitidas a trámite.
El Ministro Pérez ha justificado su decisión al señalar que de no concederse la medida solicitada, se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales y los principios democráticos que se aducen como vulnerados, ocasionando con ello daños irreversibles para el derecho ciudadano de revocación de mandato y todos los derechos inmersos en los procesos electorales.
En conclusión, la decisión del Ministro Pérez Dayán es de gran relevancia en el contexto político actual, ya que se trata de una medida cautelar que preserva la materia del juicio y protege los derechos fundamentales y principios democráticos que están en juego en los procesos electorales en México.