Por: Daniel Vergara.
El día veintitrés de septiembre del año dos mil tres, cambiaria de forma inexplicable la vida de: Don José Luis García González, aproximadamente a la una de la mañana, la policía ministerial del Estado de México, ingreso sin orden de cateo y aprehensión alguna de forma arbitraria a su vivienda, ubicada en el poblado de Tequisistlán Tezoyuca, Estado de México, sacando al señor José Luis García González y llevándoselo en calidad de detenido.
Ese mismo día aproximadamente a la una de la tarde; el ex gobernador del Estado de México; Arturo Montiel Rojas, con motivo de su cuarto informe de gobierno, comunico la captura de una banda de secuestradores, entre los que se encontraba el ciudadano José Luis García González, refiriendo que dicho arresto ocurrió en el municipio de Nezahualcóyotl, a la una y media de la madrugada.
Igualmente en el parte informativo suscrito y firmado por los policías aprehensores, se estableció que la autoritaria detención aconteció aproximadamente a las 16:30 horas, del día 23 de septiembre del año 2003, en la salida del poblado de Miraflores, Estado de México.
Lo que cabe destacar, es en relación a lo que obra en el expediente, donde por medio de las declaraciones de familiares y vecinos del pueblo de Tezoyuca, se iniciaron diversas averiguaciones previas el mismo día 23 de septiembre del año 2003, donde se denunció el ingreso de personas encapuchadas a diversos domicilios de los incriminados y que fueron sacados de manera ilegal.
Actualmente el enjuiciado José Luis García González, sigue encarcelado y se encuentra ilícitamente recluido en el Penal Federal Número 1 de Altiplano, en Toluca, Estado de México, su salud es delicada y precaria, dado que le fue detectada una angina de pecho y le fue realizado un cateterismo, a consecuencia de ello en días anteriores sufrió dos pre infartos, actualmente con más de 60 años de edad y sin una debida atención médica.
El Maestro Raymundo Serrano Nolasco, ex Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales, en el Estado de México, resolvió que hubo violaciones a sus derechos humanos por “demora injustificada” , que soportó actos de “tortura” y demás vejaciones por parte de las autoridades al momento en que lo privaron de su libertad.
Por tales consideraciones fue absuelto de uno de los delitos por los que está injustamente procesado, estando todavía inculpado por diverso ilícito, donde el Poder judicial del Estado de México, está obstaculizando la acción de la justicia; todo ello bajo la causa penal 1/2019, derivada de la causa de origen 95/2003, dentro del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México.
Ya que de manera muy acertada, la defensa de Don José Luis García González, expuso por extensión la “invalidez” del artículo 259 del Código Penal del Estado de México, delito por el cual está siendo ilegalmente acusado y que dicho precepto legal “NO” podrá ser aplicado a persona alguna.
Tomando en cuenta que en la: “Acción de Inconstitucionalidad 2/2016”, resuelta por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declararon la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México.
Y posteriormente, derivado de la resolución antes comentada su defensa, interpuso el recurso de inconformidad con el número 5/2019, donde de forma reiterada la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, insistió que el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, debía analizar la inaplicación al artículo 259 del código penal de la entidad, en vista de que dicha norma general fue declarada “inválida” mediante la acción de inconstitucionalidad 2/2016.
A pesar de todo y de las determinaciones de nuestro más alto tribunal que le favorecen al hoy inocente, no se ha logrado conseguir la libertad de Don José Luis García González, quién es un falso culpable dada su evidente y acreditada “inocencia”.
“La ignorancia del juez es la mayor calamidad del inocente”
San Agustín.
Abogado Penalista, especialista en Derechos Humanos.
@DanielV13802115