30 DE ABRIL (Reflexión sobre los derechos de las niñas y niños)

 

 

En la actualidad, la niñez enfrenta un sin número de problemáticas y retos a vencer cotidianamente, aunado, al desconocimiento de sus derechos fundamentales, esto representa el principal factor que los coloca en un condición de indefensión por lo que se hace urgente que el Estado deba propiciar, desarrollar y consolidar políticas públicas en favor de la infancia.

Se conocen cientos de casos que se presentan a diario, donde las niñas y niños se encuentran inmersos, algunos de los problemas a los que se enfrentan con mayor frecuencia son los siguientes:

  • Deserción escolar y falta de acceso a la educación
  • Explotación sexual y laboral
  • Maltrato y violencia

En ese sentido, la Declaración Universal de los Derechos del Niño, indica en su principio nueve  que a la letra dice: El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral. Como consecuencia de esto la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que tendrán que vivir una vida libre de toda forma de violencia, resguardándose en su integridad personal para que se logren las mejores condiciones de bienestar y libre desarrollo de su personalidad.

Es en esta etapa de la infancia donde todo lo nuevo, atractivo y vistoso llama la atención de los infantes, además de actuar en muchas ocasiones por imitación, de ahí que todo lo que observan día con día, va formando esquemas de vida, que de no ser los correctos, se corre el riesgo de repetir conductas atípicas. Debemos hacer notar que la infancia no es una etapa más en la vida del ser humano, sino más bien, una de las más trascendentales ya que en este período, todo lo que se percibe de su entorno tendrá un impacto significativo en su desarrollo intelectual.

Consideramos que es deber del Estado concientizar acerca del reconocimiento de los derechos humanos que poseen este grupo de la sociedad, lo cual implica que su ejercicio no sea vulnerado ni obstaculizado y se garanticen en todo momento estos derechos, invocando al interés superior del niño.

En nuestros días, toda persona ha observado niñas y niños distribuidos en las calles, realizando todo tipo de trabajo y malabares inhumanos, en apoyo a sus padres para conseguir recursos económicos que abonen a su precaria economía familiar. Ante este escenario cotidiano y común, mismo que ha hecho insensible a quien lo observa, la ciudadanía debe tomar consciencia y coadyuvar con el Estado en la aplicación de las acciones y programas que se establezcan para el mejor desarrollo de este grupo vulnerable, y tratar de erradicar este fenómeno que causa indignación en la sociedad.

Los Derechos Humanos de niñas y niños están previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual reconoce a niñas y niños como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa señala los siguientes: Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; Derecho de prioridad; Derecho a la identidad; Derecho a vivir en familia; Derecho a la igualdad sustantiva; Derecho a no ser discriminado; Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal; Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social; Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad; Derecho a la educación; Derecho al descanso y al esparcimiento; Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura; Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; Derecho de participación; Derecho de asociación y reunión; Derecho a la intimidad; Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso; Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, y Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet.

No podría  lograrse esto, sin tomar en cuenta que el interés superior de la niñez, emitido como un  principio en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), cuya aplicación busca la mayor satisfacción de cada una de las necesidades de niñas, niños y adolescentes. Su aplicación exige adoptar un enfoque basado en derechos, que permita garantizar el respeto y protección a su dignidad e integridad física, psicológica, moral y espiritual. (1)

Si bien, la tarea de educar corresponde a los padres de familia y propiciar un entorno favorable basado en los derechos de las niñas y niños, se requiere de la participación de todos los actores sociales para garantizar el desarrollo pleno de su potencial, con la finalidad de encaminar a estos pequeños seres humanos a tener una vida adulta plena y con el adecuado disfrute de sus derechos. No podríamos lograr sociedades justas, incluyentes e igualitarias sin cubrir esta asignatura pendiente, dada la importancia que tiene la vida de las niñas y niños en el núcleo familiar teniendo en cuenta que esta institución es la más importante dentro de una sociedad que basa su desarrollo en el afecto, la comprensión y el respeto por las personas.

 

¡ FELIZ DÍA DEL NIÑO Y LA NIÑA !

 

 

Miguel Ángel Cruz Muciño

Abogado egresado de la Universidad Anáhuac,

Especialista en Derechos Humanos y Derecho Legislativo.

 

 

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Programas/Ninez_familia/Material/cuadri_interes_superior_NNA.pdf

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