- En el marco del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños -23 de septiembre-, este Organismo Constitucional Autónomo llama a las autoridades federales y locales a fortalecer sus capacidades y competencias para detectar y atender a las personas de la comunidad LGBTTTIQ víctimas de delitos en materia de trata de personas
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) alerta sobre la falta de detección e identificación por las autoridades en materia de trata de personas y las diversas formas de explotación, a pesar de que México cuenta con instrumentos internacionales ratificados en la materia y leyes que obligan a los tres órdenes de gobierno a formular una política pública integral que tenga como eje central la restitución de derechos de las personas que han sido víctimas de esos crímenes, lo que confirma que no basta con tener la mejor legislación, sino que es necesario materializar su contenido y que las personas lo perciban en su vida cotidiana.
A nivel global, los países detectan y reportan más víctimas, y también sentencian a más tratantes, sin embargo el número de personas que terminan en procesos de esclavitud y explotación no disminuye y va en aumento, en tanto que las modalidades y formas de enganche y sometimiento se hacen más complejas y, sobre todo, más violentas, lo cual quiere decir que las estrategias represivas de los Estados no han sido la solución principal, y es imperante promover la urgente necesidad de abordar la trata de personas en su dimensión de violación a derechos humanos, lo cual implica identificar las formas en que éstos se vulneran a lo largo del ciclo de la trata de personas y las diversas modalidades de explotación, así como las obligaciones del Estado en virtud del derecho internacional.
En ocasión del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños, este Organismo Constitucional Autónomo subraya que la discriminación, la falta de capacitación, de diagnósticos y sistematización de información sobre las víctimas de los delitos en materia de trata de personas hacen que quienes pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad, como las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgénero, travestis, intersexuales y queer (LGBTTTIQ) se encuentren invisibilizadas en las cifras oficiales reportadas por las autoridades, aun cuando los informes internacionales como el TIP Report del Departamento de Justicia de EEUU y organizaciones de la sociedad civil las han incluido como personas pertenecientes a las poblaciones expuestas a este delito.
De acuerdo con el Diagnóstico Nacional sobre la Situación de la Trata de Personas en México 2019, elaborado por la CNDH a partir de información obtenida de las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia a nivel local y federal, entre junio de 2012 y julio de 2017, el 85% de las posibles víctimas identificadas fueron mujeres, mientras que los niños y los hombres representaron el 15%. La trata de personas con fines de explotación sexual es la que más afecta a niños, niñas y adolescentes. De las 1,375 posibles víctimas identificadas el 54% corresponde a delitos en materia de trata de personas en el ámbito sexual que están tipificados en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Sobre la solicitud que este Organismo Nacional realizó a las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia federal y estatales sobre la pertenencia de las víctimas detectadas a algún grupo en condiciones de vulnerabilidad, se observó que del 72% de total no se tuvo registro y en el caso del 27% se indicó que no pertenecían a ninguno de esos grupos. Únicamente se tuvo información de la sistematización de información de seis personas de la comunidad LGBTTTIQ posibles víctimas, 29 pertenecientes a una comunidad indígena, de cuatro personas con discapacidad y tres personas migrantes en tránsito.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Discriminación 2017 realizada por el INEGI y el Conapred, los grupos de personas trans (transgénero y transexuales) y de personas gays o lesbianas son los más discriminados en el país, por encima de las personas indígenas y con discapacidad. Además de la discriminación por razones de orientación sexual o identidad de género, esa población también es víctima de distintos tipos de violencia ejercida en los ámbitos familiar y público. En México, son principalmente organizaciones de la sociedad civil quienes se han encargado de la atención de esas personas, pero solo algunas tienen como objetivo específico brindarla a quienes pertenecen a la población LGBTTTIQ víctimas de delitos en materia de trata de personas. De ello se desprende la necesidad de que los Gobiernos Federal y estatales cuenten con una ruta clara de atención, protocolos que cubran todas las necesidades y requerimientos de esta población, así como diagnósticos que establezcan un panorama respecto de la vulnerabilidad de estas personas a los delitos en materia de trata de personas y la forma de prevenirlos.
En el marco de esta fecha conmemorativa, establecida por la Conferencia Mundial de la Coalición contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres, la CNDH insta a las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justica, al Instituto Nacional de Migración, así como a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y sus homólogas en las entidades federativas a adoptar, en el marco de sus atribuciones, medidas de detección, prevención, investigación y atención que se ajusten a las necesidades de las personas LGBTTTIQ víctimas de delitos en la materia, evitando cualquier acto que implique discriminación o atente contra sus derechos y dignidad.
De igual manera, esta Comisión Nacional exhorta a las entidades y dependencias federales, estatales y municipales encargadas del primer contacto con posibles víctimas de trata de personas a que capaciten y sensibilicen a su personal sobre el respeto a los derechos humanos y las garantías de esa población para su debida detección, garantizando con esto su derecho al acceso a la justicia y a la asistencia y protección durante la recuperación, rehabilitación y reinserción.