Yasmín Esquivel: Evaluaciones psicosociales deben aplicarse solo con consentimiento

Durante el análisis de diversas disposiciones de la Ley de Justicia Cívica del estado de Michoacán, la Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, destacó que las evaluaciones psicosociales contempladas en dicha normativa deben aplicarse únicamente cuando exista consentimiento informado por parte de la persona evaluada.

El Pleno de la SCJN revisó una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán. En ella se cuestionaba la legalidad de algunos preceptos relacionados con la privacidad y el respeto a la integridad de los ciudadanos detenidos o involucrados en procedimientos ante juzgados cívicos.

En este contexto, la Ministra Esquivel votó a favor de mantener la validez de las disposiciones que permiten realizar exámenes psicosociales, siempre que se respete la voluntad de las personas. Según explicó, la legislación vigente no obliga de manera automática a someterse a este tipo de evaluaciones, lo que abre la posibilidad de interpretarla bajo un enfoque garantista de los derechos humanos.

“La norma no establece que las pruebas se apliquen de forma forzosa ni sin consentimiento. Por tanto, su ejecución debe estar precedida de la aceptación expresa y escrita del interesado”, señaló Esquivel Mossa.

La ministra también subrayó que estas evaluaciones pueden ser una herramienta útil si se utilizan con fines terapéuticos, de acompañamiento o para fortalecer la convivencia comunitaria, pero solo cuando la persona involucrada lo autorice de forma voluntaria.

Este posicionamiento cobra relevancia dentro del debate nacional sobre los límites entre la intervención estatal y la protección de la privacidad individual, especialmente en procesos administrativos y de justicia cívica.