La Ciudad de México se pone al día en materia de movilidad y anuncia nuevas reglas de tránsito que buscan garantizar la seguridad vial y el orden en las calles. La jefa de gobierno, Clara Brugada, ha propuesto reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito, con especial atención a la regulación de los vehículos eléctricos, incluyendo las motos eléctricas.
Motos eléctricas: A regularse toca
Una de las principales novedades es la obligatoriedad de que las motos eléctricas porten placas y tarjeta de circulación, al igual que los vehículos de combustión. Esta medida busca identificar y controlar estos vehículos, que cada vez son más comunes en la ciudad.
¿Cuáles son las nuevas reglas?
Las reformas propuestas establecen las siguientes normas para las motos eléctricas:
- Definición clara: Se considerarán motos eléctricas aquellos vehículos con velocidad de desplazamiento mayor a 25 km/h, motor eléctrico y manubrio para conducción, con una o dos plazas y ruedas.
- Normas de circulación: Los conductores deberán respetar las normas generales de circulación, al igual que los demás vehículos.
- Prohibiciones: No podrán circular por ciclovías, carriles confinados, banquetas ni zonas peatonales.
- Identificación: Deberán portar placas y tarjeta de circulación.
- Seguridad: Los conductores deberán usar casco, luces encendidas y respetar las demás reglas aplicables a las motocicletas.
- Registro: Todas las motos, eléctricas y de combustión, deberán registrarse en la Secretaría de Movilidad en un plazo de un mes.
Scooters y patines: También a raya
Los scooters, patines y otros vehículos no motorizados deberán respetar los reglamentos existentes. Esto incluye:
- Circular por ciclovías.
- Indicar cambios de carril.
- Tener preferencia sobre vehículos motorizados.
- Circular por el carril derecho en calles sin ciclovía.
- No circular por banquetas ni zonas peatonales.
- No circular por carriles exclusivos de transporte público.
- No detenerse en áreas peatonales.