Al pronunciarse sobre el asunto, la Ministra Yasmín Esquivel sostuvo que la restricción al cannabis industrial protege la salud pública, un derecho fundamental que debe prevalecer según el nuevo marco normativo.
CIUDAD DE MÉXICO, 30 DE ENERO DE 2025. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó declarar inconstitucional, con efectos generales, la prohibición de la siembra, cultivo y cosecha de cannabis para usos industriales y fines distintos a los médicos y científicos, establecida en la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.
En la discusión del Pleno, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa expresó su desacuerdo con invalidar dichas porciones normativas, argumentando que una reforma constitucional reciente, publicada el 17 de enero de 2025, establece que la ley sancionará toda actividad relacionada con la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas.
Según Esquivel, el criterio previo de la Primera Sala de la Corte relacionada con el tema y la jurisprudencia derivada ya no tienen sustento en la Constitución, sino que incluso la contradicen, “máxime que el propósito que se busca es el de garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, que es el valor fundamental para el bienestar físico y mental que debemos preservar”, expresó.
En su opinión, la restricción del cultivo y aprovechamiento del cannabis para fines industriales está respaldada por el nuevo marco constitucional.