Derecho al aguinaldo para jubilados
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) establece que todo trabajador, activo o jubilado, que haya mantenido una relación laboral subordinada tiene derecho a recibir un aguinaldo anual. Este derecho también se extiende a los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
No obstante, los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar, un apoyo económico proporcionado por el Gobierno Federal, no tienen derecho a esta prestación, ya que se trata de un esquema distinto.
Impuestos sobre el aguinaldo de los jubilados
De acuerdo con la legislación vigente, los jubilados del IMSS e ISSSTE están exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) siempre que sus ingresos mensuales no superen los 43,299 pesos, lo que equivale a 1,443.3 pesos diarios. Esto implica que si un jubilado recibe un ingreso mensual por encima de ese límite, solo la cantidad que exceda dicho monto estará sujeta al pago de impuestos.
Por ejemplo, si un pensionado recibe 50,000 pesos al mes, el ISR solo se aplicará sobre los 6,701 pesos que exceden el umbral de los 43,299 pesos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Aguinaldo y obligaciones fiscales
En cuanto a los trabajadores cuyo aguinaldo exceda las 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a 2,606.40 pesos, deberán pagar impuestos sobre el monto que exceda esta cantidad. Esta disposición también aplica a los jubilados, en caso de que el aguinaldo que reciban supere dicho límite.
El cumplimiento de estas obligaciones fiscales es importante para evitar sanciones o recargos. El SAT cuenta con mecanismos para informar y asesorar tanto a trabajadores activos como a pensionados sobre el correcto manejo de sus prestaciones.
Fecha límite para el pago del aguinaldo
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre de cada año. En caso de que el patrón no cumpla con esta disposición, el trabajador o pensionado tiene derecho a reclamar el pago ante las autoridades correspondientes, garantizando así su acceso a esta prestación.
Con esta información, los jubilados pueden tener claridad sobre sus derechos y obligaciones fiscales respecto al aguinaldo, evitando confusiones y asegurando el correcto manejo de sus recursos.