La SCJN determina excepciones a la desindexación del salario mínimo: se permite su uso en ciertos casos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la desindexación del salario mínimo, establecida en la reforma constitucional de 2016, no debe aplicarse de manera absoluta. Según la jurisprudencia emitida esta semana, existen excepciones donde el salario mínimo puede seguir utilizándose como referencia en el cálculo de ciertas obligaciones y derechos.

**Excepciones a la desindexación**

Aunque la Unidad de Medida y Actualización (UMA) fue introducida en 2016 para sustituir al salario mínimo en la mayoría de los cálculos legales, la SCJN ha determinado que el salario mínimo aún puede utilizarse cuando su aplicación esté alineada con su naturaleza original.

“La utilización del salario mínimo como índice, unidad, base, medida o referencia es válida si se hace con fines acordes con su naturaleza”, establece la Corte en su reciente fallo. Sin embargo, la SCJN no precisó en qué situaciones específicas se puede aplicar esta excepción, dejando claro que dependerá del análisis de cada caso concreto para determinar si se cumplen las condiciones necesarias.

**Contexto de la resolución**

Esta jurisprudencia surge a partir de la revisión de un amparo promovido por una aseguradora, la cual fue condenada a pagar una indemnización basada en el salario mínimo por un tribunal colegiado de circuito. Aunque la empresa intentó invalidar esta sentencia, la Corte mantuvo la condena, argumentando que la prohibición de utilizar el salario mínimo como referencia solo se aplica cuando se usa para fines ajenos a su naturaleza laboral.

**Interpretación y alcance de la reforma de 2016**

La SCJN aclaró que la reforma constitucional de 2016 no estableció una regla general de prohibición absoluta, sino que se dirigió a eliminar el uso del salario mínimo en áreas no relacionadas con su propósito original, como el cálculo de sanciones e indemnizaciones. Este enfoque permitió evitar “resultados absurdos” que podrían haber surgido de una interpretación rígida de la reforma.

**Implicaciones de la jurisprudencia**

Esta no es la primera vez que la SCJN se pronuncia sobre el uso del salario mínimo en cálculos legales. Anteriormente, los ministros también decidieron que el salario mínimo, y no la UMA, debe utilizarse para calcular el pago de pensiones. La decisión actual refuerza la idea de que, aunque la desindexación ha permitido mejoras en el salario mínimo, su uso aún es válido en ciertos contextos.

**Desindexación del salario mínimo: antecedentes y efectos**

La desindexación del salario mínimo en 2016 fue una medida clave para permitir incrementos más sustanciales en la remuneración básica, al desvincularlo del cálculo de diversas obligaciones legales. Como parte de esta reforma, se creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se utiliza como referencia económica actualizada anualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Además, se introdujo el Monto Independiente de Recuperación (MIR) para fijar incrementos en el salario mínimo, con el objetivo de recuperar su poder adquisitivo. Desde su implementación en 2016, este esquema ha permitido ajustes más significativos en los salarios mínimos, mejorando las condiciones laborales en el país.

La decisión de la SCJN destaca la importancia de considerar el contexto y la naturaleza de cada caso al aplicar la desindexación del salario mínimo. Aunque la reforma de 2016 ha permitido mejoras significativas, la reciente jurisprudencia subraya que el salario mínimo sigue siendo una herramienta relevante en situaciones específicas, reafirmando su papel en la protección de los derechos laborales en México.