Edoméx establece penas de hasta 8 años de prisión por filtrar fotos de cadáveres

Para prevenir la revictimización y erradicar la normalización de la violencia, el Estado de México sancionará con hasta ocho años de prisión a quienes difundan imágenes de personas fallecidas, según el Decreto publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.

Las iniciativas, conocidas como “Ley Ingrid” y “Ley Ocaña,” buscan proteger la dignidad, el honor y la intimidad de las víctimas y sus familias. La reforma al Artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México tipifica conductas indebidas de personas o servidores públicos que revelen o difundan material audiovisual o archivos de víctimas.

La gobernadora Delfina Gómez destaca la importancia de garantizar el respeto a los Derechos Humanos de víctimas y ofendidos. La reforma, celebrada por el Ejecutivo estatal, busca sancionar de manera ejemplar la filtración y exposición masiva de este material en medios y redes sociales, preservando la dignidad de las víctimas y sus familiares.

La nueva ley contempla penas de cuatro a ocho años de prisión, multas de 500 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y reparación integral del daño. También considera sanciones para servidores públicos que participen en la comisión de este delito, con penas de tres a siete años de prisión y multas.

En casos de menores o difusión de material de víctimas vulnerables, la pena se incrementará. La reforma refleja el trabajo coordinado entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y surge de iniciativas presentadas por diputadas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Morena.

El Estado de México refuerza su compromiso con una política de cero tolerancia a la corrupción y acciones contrarias a los principios éticos, construyendo un marco jurídico que promueva el bienestar de las familias.