Entran en vigor nuevas restricciones para fumadores

Han comenzado los cambios en la Ley General para el Control del Tabaco que contemplan nuevas restricciones para fumadores y reglas para centros de entretenimiento o consumo de alimentos, así como cambios en los permisos en materia publicitaria.

Para los consumidores, queda prohibido fumar en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, patios, terrazas, balcones, parques de diversión, áreas de juegos o lugares, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas y sitios de culto religioso, entre otros.

Y para los dueños de negocios, sí pueden tener áreas destinadas para fumar, pero el cambio es que no permitirán el ofrecimiento de alimentos o bebidas. Hay sanciones de hasta 829 mil pesos.


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Este reglamento, publicado desde el 16 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y sus disposiciones son de orden público.

Siendo uno de los objetivos la Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco y Emisiones, el reglamento estableció la prohibición del consumo de tabaco en áreas de toda la República mexicana.