Una jueza federal negó el amparo a Karime Macías Tubilla, exesposa del gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, para evitar que el gobierno mexicano continúe con el proceso de extradición desde Reino Unido, donde se encuentra actualmente.
Con las pruebas que presentó la defensa de Macías, el pasado mes de octubre se argumentó que el presunto delito de daño patrimonial por 112 millones de pesos en agravio al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral Infantil (DIF), por el cual la justicia le requirió, ya prescribió, por lo que no debería de iniciarse un trámite internacional en su contra.
La jueza del Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Rosa María Cervantes Mejía, consideró infundados los argumentos de la extitular del DIF en la entidad del sur del país, debido a que señaló que hasta este día no ha iniciado el procedimiento penal en contra de la quejosa.
Además, puntualizó que ningún juez de control ha emitido alguna determinación respecto a la prescripción de la acción penal, ya que no se ha llevado a cabo la audiencia inicial del caso, debido a que no se ha cumplido con la orden de aprehensión, por lo que al negarle el amparo, la Fiscalía General de la República (FGR) podría detenerla en caso de que se autorice la extradición desde el país europeo.
“No existe la omisión reclamada por la quejosa, ya que al no actualizarse la prescripción en los términos solicitados, no había motivo o razón para informarlo a las autoridades de Reino Unido y de Irlanda; sin embargo, se giró la comunicación respectiva a la titular de la Embajada de México en el Reino Unido, en donde se le hizo saber la interrupción de la prescripción en el proceso penal, por tanto, se continúa con el procedimiento de extradición de referencia”, se pudo leer en el documento final.
De acuerdo a lo que se conoció de la audiencia de este jueves 15 de diciembre, la defensa de la exprimera dama de Veracruz alegaron que las autoridades mexicanas han sido omisas en comunicar al Reino Unido que desde 2020 se actualizó la prescripción del delito por el que se le giró una orden de aprehensión, por lo que la acción en su contra no debería de realizarse.
Asimismo, los abogados sentenciaron que el Estado mexicano podría estar incurriendo en una presunta violación a los principios de legalidad, seguridad jurídica y de reciprocidad internacional, además de no cumplir con la protección de los derechos humanos como se prevé en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y la Ley de Extradición Internacional.