- Cofepris exhorta a autoridades de salud estatales a sumarse en el fortalecimiento de vigilancia, autorización, control y fomento sanitario
- Se enlistan 25 puntos críticos sujetos a vigilancia y sanciones
- Se llama a la población a denunciar ante las autoridades locales aquellos establecimientos de salud que representen un riesgo sanitario
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió una Alta Directiva Sanitaria dirigida a todos los establecimientos de salud donde se ofrecen servicios estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos, enlistando 25 puntos críticos sujetos a vigilancia sanitaria y cuyo incumplimiento puede resultar en sanciones, aseguramiento de productos o suspensión de trabajos.
En comunicado institucional, dirigido al sector regulado, se enmarcan las condiciones que deberán cumplir los hospitales para prevenir la posible contaminación de áreas, insumos o dispositivos médicos, así como la detección
oportuna de infecciones. Todos los elementos están basados en la normativa sanitaria vigente, a fin de proteger la salud de las personas.
Cofepris también emitió un oficio dirigido a las 32 Secretarías de Salud estatales para exhortar a fortalecer la vigilancia, la autorización, el control y el fomento sanitario en hospitales que ofrecen servicios estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos.
En el documento oficial, la autoridad federal solicita reforzar las acciones realizadas por autoridades de salud estatales, quienes deben garantizar el cumplimiento de políticas, requisitos, lineamientos, procedimientos, así como disposiciones jurídicas y administrativas establecidas por esta comisión federal para este tipo de establecimientos.
Esto, gracias a la colaboración entre las autoridades sanitarias de las entidades federativas y esta agencia, a través de las facultades otorgadas por la Ley General de Salud.
En caso de identificar riesgos sanitarios, se tendrán que ejecutar de manera inmediata medidas de seguridad e informar de manera oportuna a Cofepris, respecto de medidas de suspensión de actividades, retiro de producto y/o de resguardo aplicadas.
En el exhorto también se precisa que todos los establecimientos que ofrecen servicios estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos deben cumplir, de manera estricta, las disposiciones sanitarias para la obtención segura, manejo y disposición de medicamentos controlados en instituciones.
Entre los elementos principales para garantizar la protección contra riesgos sanitarios destacan:
- Contar con Licencia Sanitaria y Aviso de Responsable Sanitario.
- Garantizar que las unidades quirúrgicas sean de acceso restringido y cuenten con un pasillo de circulación conectado con la Central de Esterilización y Equipos (CEyE).
- Incluir los sistemas críticos como agua, ventilación, CEyE, así como la infraestructura y equipamiento de las áreas blancas.
- Contar con un Comité para la Detección de Infecciones Nosocomiales (Codecin), que debe ser el órgano consultor técnico del establecimiento en lo relacionado con la vigilancia epidemiológica, prevención y control de infecciones nosocomiales; además, el establecimiento debe comprobar que el personal de salud cuenta con credenciales para el ejercicio de su profesión.
Además, en cuanto a la adquisición, recepción, conservación, documentación, trazabilidad, prevención de riesgos, destrucción, farmacovigilancia, tecnovigilancia de dispositivos médicos, fármacos y medicamentos controlados, todas las clínicas y establecimientos deberán cumplir lo establecido en el Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) 6ª edición.
Esta comisión también dio a conocer a las autoridades de sanitarias de los estados que, como parte de la política de fortalecimiento del Sistema Federal Sanitario, dará inicio al Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica en la ejecución, desarrollo y cumplimiento de acciones en materia sanitaria que realizan las 32 entidades federativas.
Cofepris invita a la población general a formar parte de la vigilancia activa denunciando aquellos establecimientos de salud que representen un riesgo sanitario a través de su página de internet gob.mx/Cofepris, al teléfono 800 033 5050 o bien de manera directa a la autoridad sanitaria correspondiente en las 32 entidades federativas:
- Aguascalientes – Dirección de Regulación Sanitaria
- Baja California – Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de BC
- Baja California Sur – Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios BCS
- Campeche – Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche
- Ciudad de México – Agencia de Protección Sanitaria
- Coahuila – Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario de Coahuila
- Colima – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Colima
- Chiapas – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de Chiapas
- Chihuahua – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua
- Durango – Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado Durango
- Guanajuato – Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios
- Guerrero – Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Guerrero
- Hidalgo – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo
- Jalisco – Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Jalisco
- Estado de México – Coordinación de Regulación Sanitaria del Estado de México
- Michoacán – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán
- Morelos – Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Morelos
- Nayarit – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Nayarit
- Nuevo León – Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitarios de la Secretaría de Salud de Nuevo León
- Oaxaca – Dirección de Regulación y Fomento Sanitario de Oaxaca
- Puebla – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla
- Querétaro – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios
- Quintana Roo – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Quintana Roo
- San Luis Potosí – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
- Sinaloa –Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa
- Sonora – Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Sonora
- Tabasco – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tabasco
- Tamaulipas – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tamaulipas
- Tlaxcala – Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tlaxcala
- Veracruz – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado Veracruz
- Yucatán – Servicios de Salud de Yucatán
- Zacatecas – Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Zacatecas