SAT: Prórroga para emisión del CFDI de nómina y obtención de e. firma

SAt-compressed

Derivado de la reforma fiscal para 2022 se incluyeron como datos obligatorios para el receptor del CFDI los siguientes campos: RFC, nombre, razón o denominación social, código postal del domicilio fiscal y el uso del CFDI.

En razón de lo anterior y con la finalidad de que los datos que se proporcionen para la emisión del CFDI y aquellos que se encuentran en las bases de datos del SAT sean coincidentes, aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a emitir comprobantes fiscales de tipo nómina, tendrán la opción de realizarlo en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023, a fin de que durante dicho periodo puedan contar con todos los requisitos previstos en las disposiciones fiscales para la emisión del CDFI en su versión 4.0.

Te podría interesar: Poca rentabilidad obligaría a aerolíneas a dejar el AIFA: CNET

Por otra parte, el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas es una simplificación administrativa y de gestión que les permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera rápida, eficaz y sencilla, sin embargo, deben cumplir con algunos requisitos para tributar en dicho régimen, entre ellos, contar con la firma electrónica (e.firma).

En este sentido, con la finalidad de que los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza puedan cumplir con la obligación de contar con la e.firma y continuar disfrutando de los beneficios fiscales que ofrece este régimen, el SAT ha otorgado la facilidad para obtener la e.firma hasta el 31 de marzo de 2023, sin que esto implique un incumplimiento a las disposiciones fiscales.