La Fiscalía General de la República (FGR), a través de agente del Ministerio Público Federal de la Federación, notificó a un juez federal el sentido de su resolución en el caso de Pío López Obrador.
Por ello va por el no ejercicio de la acción penal y la reserva de la averiguación previa.
En un oficio enviado por el agente del Ministerio Público de la Federación, Héctor Sánchez Zaldívar, quien está adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE), informó al juez que éste se encuentra imposibilitado para resolver en definitiva el caso.
Sin embargo, dejó ver el sentido de su resolución por el no ejercicio de la acción penal para el hermano del presidente, Andrés Manuel López Obrador.
“Se informa que se encuentra imposibilitado material y jurídicamente para dar cumplimiento al requerimiento formulado en auto de trece de julio de dos mil veintidós, toda vez que hasta el momento, la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales no ha realizado pronunciamiento respecto de autorizar, modificar o revocar el acuerdo a que se refiere el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Normatividad interna de la Fiscalía General de la República”, se señala en el escrito.
En su acuerdo, el juez informa que le fue remitida la carpeta de investigación con el proyecto de resolución de “No Ejercicio de la Acción Penal planteada por la responsable”, pero se señala que la autoridad que podrá resolver de manera definitiva los “dictámenes de incompetencia, no ejercicio de la acción penal y de reserva de la averiguación previa”, será la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales de la FEDE.
Además, también se indica que el director General Jurídico en Materia de Delitos Electorales señaló que el 30 de junio le fue remitida la carpeta de investigación y que aún no ha se ha emitido pronunciamiento alguno respecto del proyecto de resolución de No Ejercicio de la Acción Penal planteada por la responsable”.
“Sin embargo, aduce que una vez que este estudio haya sido completado, emitirá la determinación correspondiente para que el agente ministerial responsable esté en condiciones de emitir una resolución definitiva del no ejercicio de la acción penal o atender a las instrucciones que le sean indicadas por esa dirección jurídica, a efecto de que esté en condiciones de dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo”, se indica.
El Ministerio Público de la Federación acató la orden emitida por el juez el 13 de julio para que se acatará el amparo otorgado a Pío López Obrador en contra de “la dilación en determinar la no ejecución de la acción penal en la carpeta de investigación”.
Al no ser esta la última instancia para avalar el proyecto, el martes 19 de julio el juez federal mandató a la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales a que en un plazo de 24 horas, informará si judicializaría o no la carpeta de investigación en contra de Pío López Obrador.