El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía, ha recibido la solicitud para el inicio de Consultas por parte del Gobierno de Canadá con relación a la Ley de la Industria Eléctrica, de conformidad con lo establecido en el Artículo 31.2 (Ámbito de aplicación) y el Artículo 31.4 (Consultas) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Las consultas constituyen la etapa no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias que prevé el T-MEC.
A partir de esta fecha, ambos gobiernos tienen un periodo de 75 días para solucionar la controversia durante esta etapa. En caso de no llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio sobre la correcta aplicación e interpretación de estas disposiciones, Canadá podrá solicitar el establecimiento de un panel para que decida sobre este asunto.
La solicitud de Consultas presentada por el gobierno de Canadá contiene ciertos elementos comunes con la solicitud presentada por Estados Unidos, por lo que México buscará mantener un proceso coordinado con ambos socios comerciales del T-MEC a efecto de discutir el alcance de dichas solicitudes.
La Secretaría de Economía, de acuerdo con el marco legal vigente, es la encargada de coordinar la defensa del Estado en este procedimiento.
El Gobierno de México externa su voluntad para alcanzar una solución mutuamente satisfactoria durante la etapa de consultas.