Juez otorga suspensión a Caro Quintero de desaparición e incomunicación total

El juzgado decimotercero de distrito de amparo en materia penal con sede en la Ciudad de México otorgó una suspensión de plano y oficio al fundador del grupo delictivo de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, contra actos de desaparición forzada e incomunicación.

Esto no quiere decir que el narcotraficante, quien fue detenido el viernes pasado por elementos de la Secretaría de Marina, quede en libertad, sino para efectos de que cesen de inmediato los actos que reclama de “la desaparición forzada e incomunicación que se dice está siendo objeto”, Por tanto, el juez requirió a las autoridades señaladas como responsables, que en el plazo de 24 horas, contado a partir de la notificación de este auto, le comuniquen sobre el cumplimiento de la medida cautelar decretada.

De igual forma, les pidió que avisen si Caro Quintero ha estado a su disposición en alguna instalación policial, de detención o reclusión, así como de autoridad o dependencia distinta que jerárquicamente dependa de ellos.

Asimismo el juez ordenó al actuario correspondiente adscrito a dicho juzgado Decimotercero, que en el momento en que haga entrega de los oficios dirigidos a las autoridades responsables, los requiera a efecto de que informen si el fundador del grupo delictivo de Guadalajara se encuentra a su disposición, y de ser así, solicite su presencia, a fin de que notifique personalmente resolución al justiciable y lo requiera para que al momento de la notificación o por escrito en el plazo de tres días, contado a partir de que surta efectos la misma, manifieste si ratifica o no la demanda promovida en su nombre, y si autoriza a la persona que la promovió, así como a la diversa mencionada en la demanda para los efectos que se solicitan; de igual forma, precise domicilio para oír y recibir notificaciones.

El impartidor de justicia apercibió al Caro Quintero que de no ratificar la demanda, se tendrá por no presentada, de conformidad con el numeral 15 de la ley de la materia y quedarán sin efecto la medida cautelar.

“Gírese exhorto a los Jueces de Distrito en los Estados de México, Nayarit, Veracruz, Sonora, Guanajuato, Oaxaca, Chiapas y Morelos, en turno, para que en auxilio de las labores de este juzgado, comisionen al actuario judicial de su adscripción a fin de que notifiquen al peticionario” señala el resolutivo del juez.