Mucho se ha hablado sobre la nueva verificación para los automóviles que entrará en vigor el próximo mes de noviembre del presente año, pero junto con el anuncio de esta modalidad llegaron a los usuarios las dudas, por ello, aquí te compartimos los detalles del proceso.
¿Qué pretende la implementación de esta verificación?
La nueva verificación que entrará en vigor el próximo mes de noviembre, pretende garantizar la seguridad de las unidades y reducir el número de accidentes.
Así funciona:
Los vehículos con más de cuatro años de antigüedad serán los que deban someterse a esta nueva modalidad que de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana (NOM) 236, publicada el pasado 3 de mayo en el Diario Oficial de la Federación, se les realizarán inspecciones físico-mecánicas a todos los vehículos que pesen menos de 3 mil 857 kilos.
En esta inspección se verificará que se encuentren en óptimas condiciones tales como:
- El exterior e interior (carrocería puertas, cofre, claxón, cinturones de seguridad, velocímetro y soporte exterior de la llanta auxiliar)
- También los sistemas de iluminación, frenos, dirección, suspensión así como el motor y transmisión
Para tomar en cuenta:
Dichas inspecciones se tendrán que realizar cada dos años si el auto tiene de cuatro a nueve años de antigüedad.
Mientras que la nueva verificación para autos deberás hacerla de manera anual cuando tu vehículo supere los 10 años de antigüedad.
Las clasificaciones de la verificación serán las siguientes:
- Leve (DL): el vehículo podrá circular temporalmente y no se exige una nueva inspección.
- Grave (DG): las condiciones de seguridad del vehículo, ponen en riesgo a otros usuarios, son defectos que inhabilitan al vehículo para circular por las vías generales de comunicación excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación.
- Muy Graves (DMG): el vehículo no podrá circular porque ocasiona un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial; el traslado del vehículo se realizará por medios ajenos al propio vehículo.
El documento especifica que: “Cuando se dé cumplimiento a la verificación de las condiciones fisicomecánicas de acuerdo con las disposiciones que establezca cada autoridad en el ámbito de su competencia, se debe entregar al propietario, legal poseedor o al conductor del vehículo automotor, constancia y reporte de resultado de la evaluación”.