Cada año, el último domingo de enero se celebra el Día Mundial de la Lucha contra la Lepra; en respuesta a la propuesta hecha en 1954 por el periodista y filántropo Raoul Foullereau en París, tras una visita que hizo a Costa de Marfil a un leprosorio. Este Día tiene la finalidad de concientizar al mundo de esta enfermedad y reducir el estigma de quienes la padecen.
En 2015, el 27 de enero se llevará a cabo la celebración de este Día.
De acuerdo con los informes de OMS, referidos a 115 países durante 2012, la prevalencia de la lepra fue de 0,3 casos por 100.000 habitantes, lo que representó 189.018 casos registrados; mientras que la incidencia fue de 4 casos por 100.000 habitantes con 219.075 casos nuevos de lepra.
La distribución de nuevos casos en 2012 fue similar a la de años anteriores. La región de Asia Sudoriental representó el 71% de los casos nuevos detectados en todo el mundo, América el 16%, la región de África el 9% y el Oriente Mediterráneo y el Pacífico Occidental el 2% cada uno.
Según datos de la OMS, la lepra es una enfermedad infecciosa crónica causada por un bacilo acidorresistente. Esta enfermedad afecta la piel principalmente, los nervios periféricos, la mucosa de las vías respiratorias altas, los ojos, entre otras partes del cuerpo. Es una enfermedad curable si se trata en las primeras fases y se evita la discapacidad. Desde 1995 la OMS proporciona a todos los pacientes del mundo el tratamiento de multimedicamentos (TMM) de manera gratuita, es simple y eficaz para todos los tipos de lepra.
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Para hacer frente a esta enfermedad la OMS lleva a cabo la Estrategia Global de la Organización Mundial de la Salud para eliminar la carga de la enfermedad atribuible a la lepra 2011-2015, la cual tiene sus ejes en la equidad, la justicia social y los derechos humanos de los enfermos. Esta iniciativa está respaldada por los Programas Nacionales de Lepra, por el Grupo Técnico Asesor (TAG) de la OMS en Lepra, por los laboratorios y la industria farmacéutica, y por los expertos de organizaciones internacionales no gubernamentales, así como por personas que padecen de lepra.
Asimismo, en marzo de 2011, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/65/215 relativa a la Eliminación de la discriminación contra las personas afectadas por la lepra y sus familiares en la cual se alienta a los gobiernos, los órganos, organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas y demás organizaciones intergubernamentales e instituciones nacionales de derechos humanos pertinentes a que tengan debidamente en cuenta los Principios y Directrices en la formulación y aplicación de sus políticas y medidas relacionadas con las personas afectadas por la lepra y sus familiares.
Estos principios establecen en su artículo 1 que:
las personas afectadas por la lepra y sus familiares serán tratadas como personas con dignidad y tendrán derecho a todos los derechos humanos y libertades. Asimismo, establecen que no se discriminará a las personas afectadas por la lepra ni a sus familiares ni se les privará de sus derechos humanos por el hecho de que tengan o hayan tenido lepra.
Finalmente, es importante recordar que la Constitución de la OMS establece que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano. El derecho a la salud incluye el acceso a una atención sanitaria oportuna, aceptable, asequible y de calidad satisfactoria.