La cartilla militar, documento que certifica que los varones mexicanos han prestado su servicio militar, ya no es un requisito para poder salir del país, incluso para aquellos jóvenes que, faltando unos meses para cumplir 18 años, tenían que adelantarlo en caso de que tuvieran un viaje al extranjero entre las fechas en las que alcanzaban su mayoría de edad.
Este beneficio se había conseguido parcialmente en abril de 2021 con la derogación del artículo 60 de la Ley del Servicio Militar, y a partir de este martes se completa con la entrada en vigor de la reforma que deja sin validez el artículo 25 de esa norma, haciéndola armónica con el numeral 11 de la Constitución, que prevé la libertad de tránsito de todos los mexicanos.
En una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), publicada el lunes, y que entra en vigor este martes, el artículo 25 de la Ley del Servicio Militar ha sido derogado, por lo que ya no se exigirá “el anticipo de la incorporación en el activo” del servicio militar a los jóvenes que, desde los 16 años, preveían estar fuera del país cuando cumplieran 18 años.
Esta reforma completa así los cambios aprobados por el Congreso en 2021, en los que los legisladores reconocieron que exigir la cartilla militar para salir del país era un requisito que trasgredía el derecho humano a la libertad de tránsito, reconocido en nuestra Constitución en su artículo 11.
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Ese numeral de nuestra carta magna establece que “toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes”.
Por ende, la cartilla militar que señalaba el artículo 60 de la Ley del Servicio Militar, y que se exigía para salir del país, constituía un requisito de carácter administrativo que violentaba a la Constitución. Además, en ese mismo sentido se encontraba el artículo 25 de esa norma, que detallaba la obligación de adelantar dicho servicio a los jóvenes próximos a cumplir 18 años, en el caso de que tuvieran un viaje al extranjero.
De esta forma, la libertad de tránsito que garantiza la Constitución mexicana aplicará plenamente incluso para aquellos menores de edad que salgan del país antes de cumplir 18 años, sin necesidad de adelantar su inscripción al servicio militar, pues la cartilla debe obtenerse con libertad y no como una condición que impida abandonar el territorio mexicano.
Estas reformas a la Ley del Servicio Militar tienen como objetivo que la formación castrense de los mexicanos, al realizar su servicio militar, sea por convicción y mediante el convencimiento de que con ello están prestando un servicio al país.
La Ley del Servicio Militar, publicada el 11 de septiembre de 1940, mantiene desde entonces el servicio militar obligatorio a todos los varones mexicanos que cumplan 18 años. Desde el año 2000 las mujeres mexicanas también pueden prestar voluntariamente su servicio militar.