Esta mañana el gobierno federal encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer que ha comenzado el proceso de expropiación 198 de terrenos para la construcción del tramo 5 del Tren Maya, las cuales suman en total una extensión de 241 hectáreas.
Así mismo, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Causa de Utilidad Pública, primer requisito para dar paso a la expropiación.
Por otra parte, se informó que de los predios que serán expropiados, 42 se ubican en el municipio de Solidaridad, 34 en el municipio de Puerto Morelos y 22 en el municipio de Benito Juárez, que suman una superficie de 2 millones 410 mil 107.72 metros cuadrados.
“Se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Tren Maya, en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos, en el estado de Quintana Roo, que se materializará en la construcción de obras de infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie de 2’410,107.72 metros cuadrados, comprendidos por todos y cada uno de los predios detallados en los Considerandos de la presente Declaratoria, requeridos para la construcción de dicha obra de infraestructura pública”, se destacó en el primer punto del acuerdo.
Los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Declaratoria, para manifestar ante la Sedatu lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes para acreditar su derecho.
El punto Cuarto ordena proceder «a la ocupación inmediata de los predios involucrados, previo convenio con los dueños de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación».
La Declaratoria indica que la integración del expediente de expropiación inició el 11 de enero de 2022, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Sedatu, bajo el número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2022.
Finalmente, se informó que en caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, se efectuará una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación de la localidad de que se trate, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación.