La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera parcial la aplicación del acuerdo presidencial que clasificó como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del gobierno federal.
Durante su sesión de este lunes, el máximo tribunal del país determinó que la suspensión sólo evitará que se clasifique como reservada, por razones de seguridad nacional, la información pública sobre dichos proyectos, según se señala en el acuerdo respectivo: “Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto.”
Lo anterior implica que, para mantener en reserva alguna información sobre proyectos como el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, las autoridades a quienes se requieran dichos datos tendrán que argumentar legalmente las razones de seguridad nacional que sustenten su decisión.
Además también en este mismo acuerdo, se niega la suspensión en lo que hace a sí considerar como de seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.
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“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo. Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”, señaló el alto tribunal.
Así las cosas dichas suspensiones fueron concedidas al admitir a trámite la controversia solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) quien combate el acuerdo presidencial publicado el 22 de noviembre pasado.
Sin embargo la suspensión es sólo una medida cautelar, y estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el acuerdo presidencial es constitucional o no.
Y es que el pasado 8 de diciembre el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el INAI, anunció que impugnaría ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador por el que los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional, toda vez que desde el pasado mes de noviembre el organismo autónomo advirtió una posible transgresión al artículo 6 de la Constitución, en tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, es decir, debería ser la excepción más no la regla.