La Sala Superior del TEPJF declaró hace dos días improcedente el ejercicio de la facultad de atracción planteada por Estela Orozo Rojas y Martín Zepeda Hernandez puesto que no se satisfacen los requisitos de importancia y trascendencia necesarios para tal efecto.
La Sala Regional cuenta con las facultades necesarias para determinar si fue correcta o no la asignación de diputaciones de representación proporcional del Congreso local del estado de México, lo determinaron los magistrados.
La Sala Superior tiene una clara línea jurisprudencia en la materia, así como precedentes considerables, como los recursos de reconsideración SUP-REC-1317/2018 y acumulados SUP-REC-1052/2018 en los cuales se pronunció temas relacionados con la prelación de las listas y la integración de un congreso local con más mujeres, señalaron.