En el Estado de México, diputados aprobaron en comisiones legislativas para endurecer penas por maltrato animal, estas van de 2 a cuatro años de cárcel por lesiones dolosas, además de la realización de campañas de vacunación, esterilización y adopción responsables para lo cual avalaron reformas al Código Penal del Estado de México.
“La finalidad es endurecer las penas a quien cometa delitos de maltrato animal y sancionarlos con hasta 4 años de prisión, además de que los ayuntamientos tendrán la obligación de crear Unidades Municipales de Control y Bienestar Animal para fomentar el cuidado responsable de mascotas”.
La propuesta fue votada durante la reunión de las comisiones de Legislación y Administración Municipal con Protección Ambiental y Cambio Climático, esto debido a que en la actualidad es incontable la población de animales, que se encuentran en la vía pública, los cuales además de representar un problema de salud, se convierten en sujetos de maltrato. Con ello se pretende inhibir estas conductas, y sancionar con penas de 2 a 4 años de prisión, y de 150 a 300 días multa, a quien cause lesiones dolosas a cualquier animal, con el propósito o no, de causarle la muerte.
La propuesta plantea la creación de las Unidades Municipales de Control y Bienestar Animal, y de un Consejo Municipal de Control y Bienestar Animal, con el fin de que cada ayuntamiento, participe activamente en el control poblacional de animales, a través de la esterilización quirúrgica tanto a los animales de compañía, como a los que se encuentran en situación de calle, abandonados o callejeros.
La intención es que en los rastros municipales, los de monta carga y tiro, los animales no tengan que ser retenidos o muertos injustificadamente en manos de servidores públicos, pues se pretende erradicar la crueldad animal en las instituciones públicas, prácticas que se llevan a cabo de manera clandestina en algunos municipios.
En materia de maltrato animal, aprobaron reformar el Código Penal del Estado de México, para incrementar las penas en los delitos de maltrato animal, establecidos en los artículos 235 Bis y 235 Ter.