Ahora ha sido la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) la que busca desarmar la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador.
De esta manera, el organismo interpuso este jueves una controversia constitucional contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de esa normativa, al considerar que parte de su contenido es contrario a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.
El regulador antimonopolios tramitó ese recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y sostuvo que la legislación atenta la esfera de mercado al impedir la garantía de competencia y libre concurrencia en el sector.
La Cofece agregó que bajo el esquema constitucional vigente es fundamental que existan requisitos para que los competidores de generación y suministro puedan operar en condiciones de libertad, como son: la posibilidad de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio de cualquier generador a las redes de distribución y transmisión eléctrica, que el despacho de energía se rija por criterios objetivos y de eficiencia y que el operador —Centro Nacional de Control de Energía (Cenace)— y regulador —Comisión Reguladora de Energía (CRE)— trabajen de manera independiente e imparcial, sin favorecer ni otorgar ventajas indebidas a ningún participante.
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— Cofece (@cofecemx) April 22, 2021
Tras ello, la Cofece impugnó que esa ley:
• Quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y trasmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores.
• Elimina el criterio de despacho económico de las centrales eléctricas, otorgando ventajas indebidas en favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y anulando la capacidad de competir de otros agentes en el eslabón de generación.
• Diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello.
• Permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos, ampliando indefinidamente el régimen legado, que originalmente era transitorio.