Identificando los riesgos psicosociales. Jornadas de trabajo y rotación de turnos

La jornada laboral es una de las condiciones de trabajo que tiene mayor trascendencia sobre la vida diaria, la salud y el bienestar de los trabajadores, y, es también un factor de riesgo psicosocial no atendido en muchas organizaciones que no respetan la Ley Federal del Trabajo y menos han implementado algo relacionado con la NOM-035-STPS-2018, y, por ende, no están ofreciendo #trabajodigno.

Empecemos por definir jornada laboral, que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo es el “tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”; ahora bien, de acuerdo con la LFT, hay que tener siempre presente que la jornada no deberá exceder de ocho horas si es diurna (entre 06:00 y 20:00 horas), siete horas cuando sea nocturna (entre las 20:00 y las 06:00 horas) y siete horas y media en los casos de jornada mixta, deberá contemplar del mismo modo lo concerniente a períodos adecuados de descanso y recuperación (comprendiendo descanso semanal, días de descanso obligatorio y vacaciones anuales pagadas).

A partir de esto, podremos comprender mejor el texto de la Norma, que nos menciona que, cuando las jornadas laborales y la rotación de turnos “representan una exigencia de tiempo laboral que se hace al trabajador en términos de la duración y el horario de la jornada, se convierte en factor de riesgo psicosocial cuando se trabaja con extensas jornadas, con frecuente rotación de turnos o turnos nocturnos, sin pausas y descansos periódicos claramente establecidos y ni medidas de prevención y protección del trabajador para detectar afectación de su salud, de manera temprana”.

De lo anterior, podemos advertir claramente que la ocurrencia de este factor de riesgo psicosocial (y todos, en realidad), está directamente vinculada con deficiencias de planeación y gestión del trabajo, así como con el contexto social, convirtiendo en asuntos organizacionales y no personales la correcta atención, prevención y disminución de los RPS, de manera que pueden y deben ser gestionados como cualquier otro riesgo para la salud y la seguridad en el trabajo. Siempre con una visión adecuada, en la que aun cuando es responsabilidad directa de los empleadores garantizar condiciones adecuadas, dignas, seguras y saludables, resulta indispensable que sean los propios colaboradores o sus representantes quienes contribuyan activamente en la negociación y ejecución de las acciones que beneficien su salud física, mental y un entorno laboral favorable.

Y es que aun cuando está ampliamente documentado el hecho de que las jornadas prolongadas pueden ocasionar que los colaboradores disminuyan el tiempo que pasan con su familia, con su círculo social, pero sobretodo el de descanso, también podemos hablar de que las jornadas mixtas pueden generar niveles altos de insatisfacción laboral, ansiedad y frustración al ocupar una parte importante del tiempo de descanso del colaborador en adaptar estos horarios a las necesidades de la organización y a sus propias necesidades, además de que pueden desencadenar fatiga crónica, insomnio, trastornos gastrointestinales y cardiovasculares a mediano plazo. De aquí la importancia de que las jornadas laborales, incluida la rotación de turnos, sea un ejercicio responsable y muy bien planificado y ejecutado, que considere, la productividad, la generación de resultados, el alcance de los objetivos, pero que englobe soluciones que faciliten a los colaboradores cumplir con sus exigencias habituales, familiares y sociales, incluidas la recreación y la convivencia.

Respecto a las nuevas tendencias como “flex time” y teletrabajo, también las organizaciones deben considerar los FRPS que se presentan en estos escenarios, ya que en estos casos las jornadas suelen ser mixtas lo que también puede resultar en situaciones de riesgo para los colaboradores, y, por ende, para la propia empresa. Por ejemplo, en una organización que carece de una política clara sobre teletrabajo, además de incumplir la reciente reforma a la LFT sobre este tema, se elevarán las horas efectivas de trabajo por parte de muchos colaboradores, incluso por fuera del horario establecido y acordado en el contrato de teletrabajo respectivo, con el fin de adelantar trabajo pendiente, la mayoría de las veces sin dar aviso a superiores o compañeros y con el objeto de parecer más competitivo y tener más tiempo libre, esta condición ha dado lugar al termino leavism, que se acuñó en 2013 en el Reino Unido, a partir de estudios realizados por el Dr. Ian Hesketh.
Incluso, el teletrabajo puede generar otro tipo de debilidades para organizaciones globales, como puede ser la realización de labores ordinarias en horarios extraordinarios o inusuales (fines de semana, noches, madrugadas) debido a la necesidad de una conectividad permanente en diferentes locaciones y el uso inadecuado de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), esto generará una jornada laboral prolongada por asincronismo.

Como se ha visto, la jornada laboral es un tema mucho más profundo de lo que parece, y hoy más que nunca es el mejor momento para revisar este tema, hacer los ajustes necesarios para enfocarlo el cumplimiento de la #NOM035, y con esto, además de poder estar en condiciones de evitar multas, se asegura la institucionalización de acciones enfocadas a generar condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables. Un buen punto de partida puede ser la revisión y actualización del Reglamento Interior de Trabajo, el cual debería existir en todas las empresas, y que, según la LFT, debe establecer el lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo, es decir, incluir todo lo relacionado con los horarios de entrada y salida de los colaboradores, así como el tiempo destinado para las comidas y los períodos de reposo durante la jornada. Otro paso por seguir para disminuir este riesgo psicosocial puede ser atender la reforma relativa al #teletrabajo, generando los documentos necesarios para tener al menos, una política, procedimientos claros y contratos actualizados con todos los aspectos legales y organizacionales bien planificados y establecidos para no generar alguno de los problemas ya revisados el día de hoy.

Como siempre, agradezco tu atención y no dudes en contactarme para saber más sobre este tema. https://myurls.co/manfredns
El autor es Socio Director Comercial de DIRH®, consultor en gestión de las organizaciones y lobbyist.

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