• Es fuente de violación de varios derechos humanos y con funestas consecuencias.
• Personal de la Codhem fue capacitado por la CNDH sobre el tema.
• Imprescindible sensibilizar a la población sobre el daño que genera.
Toluca, Estado de México.- Si bien existen leyes que protegen la seguridad digital o cibernética de las personas y en especial de las mujeres, continúan los casos de violencia a través de las redes sociales y otras plataformas digitales en las que las personas interactúan en el ciberespacio, afectando la dignidad y, entre otros derechos, el que todas y todos tenemos a una vida libre de violencia, por ello es necesario establecer medidas estrictas de prevención y sanción, además de sensibilizar a la población sobre el uso adecuado de estos medios.
Así lo señaló la especialista de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Isabel Ximena Vázquez Ruiz, al capacitar sobre el tema al personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), quien agregó que las plataformas digitales pueden tener un uso negativo y ser un medio para delinquir con la información que se publica en redes sociales, por eso es importante no difundir datos personales, ubicaciones ni fotos de familiares, entre otros datos.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia indica que la violencia digital de género se configura de ilícitos cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto o llamadas vía teléfono móvil, que causan daño psicológico o emocional, refuerzan prejuicios, dañan la reputación, ocasionan pérdidas económicas, obstaculizan la participación en la vida pública o privada o conllevan formas de violencia sexual o física.
Vázquez Ruiz agregó que la violencia digital afecta los derechos a la privacidad, la intimidad, la libertad de expresión, el acceso a la información, al libre desarrollo psicosexual, a la integridad física y psicológica, así como al libre desarrollo de la personalidad, por ello saludó la iniciativa de la Codhem de poner en marcha y ofrecer los servicios del Programa de Protección y Acceso a la Justicia en casos de Violencia Digital de Género.
La especialista de la CNDH detalló que los tipos de violencia en línea más recurrentes son el sexting, que es el envío de mensajes o material con contenido sexual sin el consentimiento de la otra persona; la sextorsión, que se realiza mediante el chantaje o amenazas de publicar material audiovisual o información personal de carácter sexual; violencia verbal online contra la pareja o ex pareja, para controlar o causarle daño, y es probable que quien viva o provoque violencia en el mundo físico también lo haga en el virtual.
El Ciberacoso o ciberbullying consiste en el hostigamiento, intimidación y exclusión social por medio de mensajes, imágenes o videos para dañar, insultar, humillar o difamar; el happy slapping, es la grabación de una agresión física, verbal o sexual difundida en redes sociales o página web, entre otras; y existen otras modalidades como el grooming o “ciberembaucamiento” que suele conducir a la trata de personas; la exposición involuntaria a material sexual y/o violento, la incitación a conductas dañinas, y el sharenting, que es la sobreexposición de menores en Internet.
Informó que la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México, identificó que también son agredidas las defensoras y periodistas con el robo de su información, intimidación y amenazas, campañas de desprestigio y vigilancia en tiempo real de sus actividades en línea; y el Informe “La violencia en línea contra las mujeres en México”, derivado del registro de mil 126 casos de siete países entre 2012 y 2014, detectó que las mujeres de 18 a 30 años de edad son más vulnerables en espacios digitales, y que 40% de las agresiones son cometidas por personas conocidas.
Como propuestas de solución para eliminar la violencia on line, Ximena Vázquez señaló que los medios de información de masas y organizaciones de publicidad deben autorregularse para evitar imágenes estereotipadas de la mujer; establecer directrices y códigos de conducta sobre materiales con contenido violento, degradante o pornográfico; fomentar el uso de la perspectiva de género y aumentar la participación de la mujer en la toma de decisiones en los medios de comunicación.
Por último, comentó que actualmente 28 entidades del país sancionan en sus Códigos penales la violencia digital o cibernética, y faltan de hacerlo Campeche, Colima, Quintana Roo y Tamaulipas; mientras que solo 16 entidades consideran ese tipo de violencia en sus leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y son menos los que ya cuentan con policía cibernética.