El pasado 12 de mayo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) sobre la existencia de 158 contenedores con ejemplares de fauna silvestre, los cuales tenían como destino final China. Ambas dependencias procedieron a realizar la inspección de los contenedores, encontrando en su interior a 15 mil 53 ejemplares de tortugas dulce acuícolas, de las especies: Kinosternon leucostomum, Staurotypus triporcatus, Claudius angustatus y Trachemys sp, de las cuales: 14 mil 793 ejemplares se encontraban vivos y 260 ya habían fallecido, debido a las condiciones inadecuadas de manejo y embalaje. Se solicitó al responsable de los contenedores y ejemplares acreditara la legal procedencia y exhibiera la autorización correspondiente de exportación, sin embargo, el inspeccionado no pudo acreditar la legal procedencia de la totalidad de los ejemplares; cabe mencionar que los especímenes y embalajes no presentaban algún tipo de sistema de marcaje de conformidad con la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento.
Derivado de esto, la PROFEPA aseguró de forma precautoria los 15 mil 53 ejemplares, quedando resguardados en el Centro de Investigación de Vida Silvestre (CIVS) Los Reyes La Paz, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Las especies con fines de tráfico internacional se encuentran listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010: Kinosternon leucostomum y Trachemys sp., sujetas a protección especial (Pr), Staurotypus triporcatus amenazada (A) y Claudius angustatus en peligro de extinción (P).
De acuerdo al artículo 420, fracciones III, IV y V del Código Penal Federal, constituye un delito realizar actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre que, ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie silvestre; realice cualquier actividad con fines de tráfico o, capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte; dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre, terrestres o acuáticas señaladas en la fracción anterior. Se aplicará una pena adicional cuando las conductas descritas sean con fines comerciales.
La dependencia administrativa responsable de este acto de autoridad, PROFEPA; debe ir más allá de una simple sanción administrativa o de la denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) de los hechos referidos, deberá coadyuvar activamente con la FGR para que él o los presuntos responsables sean sancionados de manera ejemplar, pero además, es prioritario garantizar el bienestar animal de las 14 mil 793 tortugas que se encontraban vivas. En este sentido, la SEMARNAT debe participar, involucrándose para garantizar la continuidad biológica y evolutiva de las especies.
La SEMARNAT, a través de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) debe informar si existe alguna UMA o PIMVS con autorización para el aprovechamiento extractivo de las cantidades y especies encontradas en los embalajes, lo cual considero difícil que suceda, ya que al momento de la inspección los ejemplares y embalajes no presentaban algún sistema de marcaje que acreditara su legal procedencia de conformidad con los artículos 51 de la Ley General de Vida Silvestre y 54 de su Reglamento.
La SEMARNAT debe dar atención a este asunto, ya que es evidente que por la cantidad de ejemplares se alteró un ecosistema y se está poniendo en riesgo la viabilidad biológica de poblaciones o especies silvestres. La cantidad de ejemplares sustraídos del medio silvestre podrían significar la extinción local no sólo de una especie, sino de toda una red de organismos que habitan en simbiosis.
No sólo se trata de un procedimiento administrativo del cual PROFEPA es el responsable, debe ser un trabajo conjunto con la FGR para que los ejemplares sean liberados a la brevedad; de comprobar que fueron sustraídos del medio silvestre -que en mi experiencia puedo asegurar que así fue-, se deberá garantizar su continuidad biológica. El titilar de la SEMARNAT, el Dr. Víctor Manuel Toledo Manzur debe instruir a sus distintos órganos desconcentrados como la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) para que se involucren en el procedimiento y se investigue de qué sitio fueron sustraídos y sean puestos en libertad de manera inmediata, sin afectar el debido proceso, ya que de permanecer más tiempo en cautiverio, en condiciones distintas a su hábitat natural, morirán más ejemplares y se pondrá en peligro la viabilidad de estas especies listadas en categoría de riesgo. El Secretario Toledo Manzur se debe pronunciar ante Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de República para que obre en el procedimiento penal y conste, de acuerdo a los dictámenes que deban realizar la PROFEPA y DGVS sobre la legal procedencia de los organismos, y de la CONANP y CONABIO sobre el riesgo que se corre si no se reincorporan de inmediato a su hábitat natural todos los ejemplares asegurados precautoriamente.
El trabajo coordinado de las dependencias federales puede hacer la diferencia y ser ejemplo sobre el actuar en los procedimientos legales, conforme a sus debidas atribuciones, experiencias y conocimientos en la materia.
Es momento de que nuestros marcos legales actúen no sólo en castigar y sancionar, se debe velar por la vida de ejemplares silvestres, fundamentales para mantener la salud de los ecosistemas y de la especie humana.
Estamos viviendo un tiempo complicado a nivel global, fruto de actos irresponsables de comercio ilegal, hacinamiento y maltrato animal, me parece irracional que estos presuntos delincuentes intentaran traficar ilegalmente más de 15 mil organismos vivos a China, cuna de las últimas Pandemias de origen zoonótico y foco del SARS-Cov2.
México trafica ilegalmente a los mercados asiáticos diversas especies y productos de vida silvestre, como vejiga de totoaba (Totoaba macdonaldi), carne de víbora de cascabel (Crotalus sp.), pepino de mar (Isostichopus fuscus), vejigas de oso negro (Ursus americanus), así como una gran variedad de reptiles, aves y cactáceas para diversos fines.
Por nuestros actos irresponsables pareciera que estamos jugando a la ruleta rusa, las próximas Pandemias serán más letales y serán producto no sólo del comercio ilegal de fauna silvestre, la destrucción de los ecosistemas, el cambio climático y el calentamiento global serán claves en la aparición y permanencia de agentes patógenos, inéditos entre nosotros.
Amigos lectores, dimensionemos el impacto que produce extirpar de un ecosistema a más de 15 mil organismos. Tal impacto ambiental sugiere un peligro en la continuidad de un ecosistema, la extinción de especies y como resultado, pone en grave riesgo la permanencia de la especie humana en el Planeta Tierra.
El 12 de mayo fue una muestra más de la ignorancia en la que se encuentra sumergida nuestra sociedad, una sociedad que no ve más allá de intereses personales -mezquindad- y dramas de telenovelas, una sociedad que le gusta vivir inmersa en la mediocridad.
Antero Carmona
*El autor es Médico Veterinario por la UAEMex. Ambientalista, incansable difusor de la protección, conservación y desarrollo sustentable de los recursos naturales, y promotor del trato digno y bienestar animal.
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