- En este Acuerdo, el SAT se enfoca en los contribuyentes cautivos, pero no plantea una estrategia integral.
- Este enfoque pareciera favorecer la informalidad sobre la formalidad; que es la generadora de empleos con acceso a seguridad social.
- Permisividad para que circulen autos extranjeros ilegales, daña empleos de la industria automotriz mexicana.
Este miércoles 29 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y que según dicha autoridad, resulta necesario a efecto de lograr mayor eficacia en la aplicación de las disposiciones fiscales y aduaneras, así como para mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones encomendadas a dicho órgano administrativo desconcentrado, que señala, tiene competencia para delegar en sus servidores públicos, las facultades previstas en el Reglamento Interior correspondiente y en otros ordenamientos.
COPARMEX considera que en dicho documento existen delegaciones de facultades con un alto nivel de discrecionalidad, y que podrían derivar en abusos de poder y prácticas de corrupción por parte de las autoridades locales. Particularmente:
- a) La facultad de cancelación temporal de sellos digitales para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet, en términos del artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación. En la práctica, esta facultad se utiliza para amenazar al contribuyente y obligarlo a que acepte diferencias en el pago de impuestos en el proceso de fiscalización, sin darle la oportunidad de ejercer sus derechos de defensa.
- b) La posibilidad de que, autoridades locales durante el ejercicio de sus facultades de comprobación, puedan llevar todos los procedimientos previstos en el artículo 5o.-A del Código Fiscal de la Federación, determinando si los actos jurídicos carecen o no de una razón de negocios. Al respecto, COPARMEX exhorta a la autoridad a que se siga respetando el procedimiento indicado por el tercer párrafo del artículo 5-A, que determina que la autoridad fiscal debe someter a un órgano colegiado (cuando se instale) la opinión positiva o negativa que corresponda.
- c) Desarrollar las facultades previstas en el artículo 27, Apartado C, fracciones I, II, VI y X del Código Fiscal de la Federación, que les permite realizar verificación de domicilios, tomando en cuenta, que actualmente las empresas denominadas “no esenciales”, se encuentran cerradas por razón de la emergencia sanitaria. Ello significará que en los domicilios fiscales, no habrá personas que les atiendan, pudiendo derivar injustamente en sanciones administrativas e incluso penales.
Lo deseable hubiera sido que estas nuevas facultades también se fueran orientado en mayor parte al combate a la informalidad, y no como desafortunadamente se percibe, se enfocan al contribuyente cautivo. Es importante que la autoridad fiscal dirija e intensifique sus actuaciones para que el informal se una a los miles de micro y pequeñas empresas mexicanas que pagan impuestos.
Particularmente se destaca favorablemente las facultades delegadas que el SAT confirió al Administrador General de Aduanas, Administradores Centrales de Operación Aduanera y de Investigación Aduanera, contenidas en el artículo Segundo, fracción I, inciso h), que permiten ordenar y practicar la verificación en cualquier parte del territorio nacional, incluidos los recintos fiscales, respecto de mercancías en transporte, de vehículos de procedencia extranjera en tránsito, así como de aeronaves y embarcaciones, para comprobar su legal importación o tenencia y estancia en el país.
Esta medida debe ir encaminada a abatir la permisividad que se ha generado para que vehículos de procedencia extranjera circulen ilegalmente y de forma libre en el país, particularmente en la frontera norte. Es tiempo de que la autoridad vele por los intereses de los trabajadores mexicanos y que persiga y decomise vehículos extranjeros no importados que circulan en las calles del territorio mexicano, que tanto daño hacen a la industria automotriz.