En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Jefatura de Gobierno publicó el Segundo Acuerdo por el que se determina la suspensión de actividades en las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades de la Administración Pública y Alcaldías de la Ciudad de México, para evitar el contagio y propagación del COVID-19.
Se suspenden temporalmente las actividades en las dependencias, órganos desconcentrados, entidades de la administración pública y alcaldías de la Ciudad de México.
Las personas titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, entidades de la administración pública y las alcaldías de la Ciudad de México determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución cuya continuidad deberá garantizarse en la medida de lo posible.
Se exceptúan de la disposición señalada en el párrafo anterior las actividades que correspondan a instituciones de seguridad ciudadana, sistema penitenciario, salud, gestión integral de riesgos y protección civil, bomberos, Servicio Público de Localización Telefónica LOCATEL, C5, obras y servicios, sistema de aguas y Alcaldías en lo relativo al suministro de agua.
Así como las actividades necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos y aquellas actividades o servicios susceptibles de proporcionarse a través de medios electrónicos, incluyendo los de carácter fiscal y presupuestal.
Este Acuerdo entró en vigor hoy lunes 30 de marzo y estará vigente hasta que la autoridad competente determine la conclusión de la contingencia sanitaria.