Este tema de la NOM-035-STPS-2018 desafortunadamente ha causado más dolores de cabeza de los necesarios y molestias a los dueños, directivos, gerentes y algunos colaboradores, sin embargo, sigue habiendo una gran cantidad de información errónea y malas prácticas, tanto por parte de los mismos encargados de su aplicación y cumplimiento, como por marcas y personas que han encontrado productos y servicios relacionados que ofrecer a un mercado inocente y poco conocedor del tema.
Pero, entendamos algo, la #NOM035 no es aún una certificación, no requiere de X o Y sistema específico, ni siquiera es aún objeto de visitas de verificación por parte de la STPS, y quizá no lo sea en este año. Entonces, ¿qué pasa si no cumples con esta norma? La respuesta es evidente y concisa: NADA. No pasará nada en este año, quizá, tampoco el próximo ni los subsecuentes si no “cumples” con la NOM-035-STPS-2018.
En la práctica diaria en nuestras organizaciones, esta Norma tiene realmente pocos escenarios para exigir su cumplimiento. En el peor de ellos, después de algún incidente –grave o no-, y por iniciativa o alguien que haya asesorado (bien o mal) a un colaborador que haya sido expuesto a niveles altos de riesgo psicosocial, la empresa deberá enfrentar un proceso en los tribunales laborales o llegar a un acuerdo conciliatorio dentro del marco del nuevo sistema de justicia laboral, y seguramente pagar una multa a la Secretaría del Trabajo, además de una probable indemnización al colaborador, pero fuera de eso, no pasará nada más por no haber cumplido la Norma.
En otro escenario, quizá por azar (en un futuro no tan inmediato) o por alguna denuncia anónima o no tan anónima, la Unidad Responsable de las visitas de verificación de la STPS, o incluso de alguna Secretaría Estatal, llegará al centro de trabajo a realizar una visita de verificación, que sería completamente legal y se llevaría a cabo de acuerdo a los protocolos para evaluar la Norma; además, en su momento, la empresa podría presentar su Constancia de Conformidad generado por alguna Unidad de Verificación (UV) y de esta manera acreditar el cumplimiento de la Norma y obviar la visita, sin embargo, este escenario no puede llevarse a cabo hoy o en este mes –o el siguiente– siquiera, pues aún no hay UV’s acreditadas para esta Norma y no existe tampoco la estandarización para la conformidad de los parámetros que establece la NOM.
Para este escenario, además, debemos contemplar que después de la aprobación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana por parte del Congreso el 20 de enero pasado y presentada por el Ejecutivo Federal el 26 de febrero, resultará inminente la coordinación institucional para “suspender las actividades de vigilancia, inspección o verificación que efectúen personas inspectoras, verificadoras, ejecutoras y cualquier figura análoga”, buscando cumplir con su objeto, que es establecer las bases para otorgar “beneficios y facilidades administrativas relacionadas con la actividad económica que desempeñan las personas físicas y morales”; sin embargo, derivado de que aún no se ha expedido la reglamentación secundaria que defina el nuevo marco de actuación, solo nos queda pensar que la Ley, al establecer que sus disposiciones no serán aplicables “tratándose de las materias fiscal, aduanera, del trabajo, de seguridad social, de comercio exterior y respecto a las operaciones con recursos de procedencia ilícita”, permitirá las verificaciones para esta Norma. Aunque, la realidad es que “¿quién sabe?”.
Por cierto, esta nueva Ley operará a través de un Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana, que es un portal electrónico gratuito (https://www.confianzaciudadana.gob.mx) para la ciudadanía y empresas que, de manera voluntaria, deseen inscribirse en él. Para hacerlo y gozar de los beneficios (cuándo se establezcan todos) solo hay que seguir estos cuatro pasos: 1) registrar la información; 2) dar de alta los establecimientos; 3) firmar el manifiesto y 4) obtener la constancia de registro al Padrón. Esta Ley establece también que quienes, mediante los procedimientos estipulados, acrediten “el cumplimiento de sus obligaciones regulatorias y fiscales correspondientes, recibirán del Estado, por conducto del titular del Poder Ejecutivo Federal, un reconocimiento que así lo establezca”.
Por último, en otro posible escenario, no cumplir la Norma seguirá manteniendo a los ya existentes y generando nuevos trabajadores insatisfechos, poco comprometidos, no colaborativos, que además, continuarán padeciendo gastritis, migrañas, depresión, alcoholismo, mobbing, y por ende, la rotación laboral no disminuirá, la productividad estará a la baja o, en el mejor de los casos, estancada y además, podremos seguir contribuyendo a las estadísticas, al mantener al infarto cardiaco como la primera causa de muerte asociada al entorno laboral, sin dejar de lado, el poco estudiado “cáncer ocupacional”, del que aunque no tengamos información suficiente para tener datos exactos de su incidencia en México, existe y hablaremos de él en la siguiente entrega.
Es así que hoy quiero, una vez más, hacer énfasis en que la NOM-035-STPS-2018, no está diseñada para ser cumplida porque “no hay de otra” y evitar multas, o llenarnos de expedientes y procedimientos nuevos; al final, en nuestra “realidad mexicana”, cumplirla o no, dependerá de la convicción de las organizaciones por generar espacios laborales dignos, sensibles, resilientes; de su compromiso para elevar a los trabajadores al rango de colaboradores y ser vistos como generadores de cambio más que como mano de obra; de la labor cotidiana de poner a la persona (con sus historias, bagajes socioculturales, experiencias, etc.) como eje de los procesos y no al contrario como es más común hoy.
Es decir, cumplir la Norma, será la causa de una nueva cultura laboral y lo que esto signifique para nuestro País, o regresando a la pregunta que da título a este artículo y su respuesta inicial, ahora dejándolo a manera de reflexión personal, ¿qué pasa si no cumplimos con la NOM-035-STPS-2018? Nada, todo seguirá igual, y también, lo que sea que esto signifique para nuestro País.
Como siempre, agradezco tu atención y no dudes en escribirme para saber más sobre esto o algún otro tema. mnunez@dirhmexico.com.mx