- El Comisionado del Infoem, Luis Gustavo Parra Noriega, detalló que en un inicio la protección de datos personales fue considerado únicamente como límite al ejercer el derecho de acceso a la información.
La protección de datos personales, no debe verse como un límite en el ejercicio del acceso a la información pública, pues es un derecho autónomo e independiente que atiende a otro bien jurídico tutelado, en el que, el componente que debe cuidarse entre las personas y las instituciones, sean empresas, o sujetos obligados, es la confianza, aseveró Luis Gustavo Parra Noriega, Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).
Durante la capacitación en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales a funcionarios habilitados del Partido Acción Nacional, en el municipio de Naucalpan, el Comisionado del Infoem detalló que la protección de datos personales en un inicio fue considerado únicamente como límite al ejercer el derecho de acceso a la información. No obstante, este corresponde más un asunto de derechos humanos y no como una limitante para abonar a la transparencia.
Indicó que, a pesar de las diversas disposiciones legales que pudieran existir al respecto, sólo con una sociedad civil informada y consciente se puede ser capaz de cumplir con estas exigencias. En este sentido, agregó que una cultura de respeto como valor fundamental en la sociedad, será el mejor y más idóneo mecanismo de protección.
Al recordar que la transparencia ha cobrado mayor importancia en el escenario político, Parra Noriega refirió que tanto en el ámbito público, como en el privado, es fundamental evitar que se vulnere la integridad de las personas. Asimismo, el Estado tiene la obligación de resguardar la información que recopila sin que esto implique la autorización de su publicación, difusión o intercambio.