Sergio Hernández murió en el año 2010 cuando tenía tan sólo quince años. Este hecho tuvo acontecimiento en Ciudad Juárez, México cuando un agente de la guardia fronteriza norteamericano disparó en su contra por haber intentado “traspasar” la frontera de Estados Unidos. Cabe señalar que Sergio fue abatido en territorio mexicano y no en territorio norteamericano. Sergio estaba jugando, no estaba armado ni amenazaba a nadie.
La familia de Sergio presentó una demanda por daños y perjuicios que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos que apenas está semana determinó que no se puede proceder un juicio en contra del agente fronterizo pues Sergio carecía de protección constitucional por no haber estado en territorio norteamericano cuando sucedieron los hechos.
El Juez Alito, de la Suprema Corte norteamericana y conservador, señaló que se trata de un conflicto internacional y que la vía de solución es diplomática y no legal. ¿matar a una persona no es una cuestión de legalidad?, me pregunto yo, pues Estados Unidos es un ejemplo de libertad y seguridad jurídica para el mundo libre y democrático, e inspira a más de un país o líder para pelear en favor de los derechos de las personas.
Uno de los argumentos de la Corte es que, al tratarse de un asunto fronterizo, también recae como un asunto de Seguridad Nacional. La decisión de la Corte fue de 4 votos a favor y 5 en contra, estos últimos, votos conservadores que determinaron que la familia de Sergio no tiene derecho a demandar al agente fronterizo responsable de su homicidio.
La Secretaría de Relaciones Exteriores ha manifestado su preocupación pues esto es sin duda un precedente que podría replicarse. ¿Abre esta decisión la puerta a la impunidad y al uso discrecional de la fuerza para los agentes fronterizos? Para el sentido común, la muerte de Sergio es injusta, el actuar del agente fue desproporcionado y lejos de los mínimos de la ley para la protección de los derecho humanos.
El hecho de que la Corte norteamericana haya tomado esta decisión resulta relevante desde el punto de vista de la impunidad y la falta de Estado de Derecho tanto en México como en Estados Unidos. Se ha generado un vacío que como dice el Juez Alito puede y debe resolver el Congreso Norteamericano.
Por tomar un parámetro internacional de utilidad para comprender este asunto es el de la Corte Penal Internacional que a la letra dice en su Estatuto de Roma que los delitos de lesa humanidad deberían: 1) Evitar que los delitos se comentan; 2) Castigar a los responsables que comentan estos delitos; y 3) La reparación del daño de las víctimas. Pero estos 3 principios no sólo aplican para los delitos de lesa humanidad, sino que en prácticamente todas las legislaciones del mundo occidental o prooccidental son considerados como parámetros de sus respectivas legislaciones penales.
El precedente que la Corte norteamericana ha creado justamente va en contra de los 3 principios antes mencionados pues se deja a las víctimas (la familia de Sergio) en estado de indefensión, sin acceso material a pedir justicia, No hay justicia; sin derecho a demandar no hay reparación del daño y lo más preocupante, si no hay castigo para el responsable, hay impunidad.
Carlos Gonzalo Blanco Rodríguez
Abogado internacionalista y catedrático universitario.
Correo: cgonblanc@aim.com