La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer la actualización de las cuotas que se comenzarán a cobrar a partir del primero de enero del próximo año, por el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a refrescos, cigarros y gasolinas.
Aprobado por el Congreso de la Unión como parte del paquete económico 2020, mediante el cual se hicieron diversas modificaciones a la ley del IEPS, el IVA y el impuesto sobre la renta.
Para el caso de las gasolinas el factor de actualización aplicable para el año de 2020 del IEPS es de 1.0297, con lo cual la cuota para la Magna pasará de 4.57 pesos a 4.95 pesos por litro; para la Premium de 4.060 a 4.18 pesos por litro, para el diésel la cuota del impuesto será de 5.44 pesos por litro desde los 4.64 pesos vigente; para los combustibles no fósiles será de 4.18 pesos.
Para los cigarros, el factor de actualización resultado de las inflaciones comprendidas en el periodo referido será de 1.4128, con lo cual la nueva cuota aplicable al IEPS a partir de enero del 2020 será de 0.4944 pesos por cigarro, es decir que se incrementa de 0.35 pesos a 0.49 pesos a partir del próximo año.
Lo mismo sucederá para la cuota del IEPS que se cobra por los refrescos. Hacienda informó que la cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas que estará vigente a partir del primero de enero de 2020, pasará de 1.17 pesos por litro a 1.2616 pesos por litro, dicha cuota aplicable a las bebidas saborizadas fue actualizada por última vez mediante una regla Miscelánea Fiscal en 2017.