En el inicio de la reorganización de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y con el fin de acercar aún más sus servicios a las víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales, así como las tareas de orientación jurídica, las oficinas de este Organismo Nacional ubicadas en el Centro Histórico de la Ciudad de México están abiertas desde el sábado 23 las 24 horas del día los 365 días del año.
Se trata de un esfuerzo de transformación de la CNDH en una institución al servicio de la gente, de ahí que las instalaciones ubicadas en República de Cuba # 60, Alcaldía Cuauhtémoc, sean desde ahora la nueva sede principal de este Organismo Constitucional Autónomo donde se podrán presentar quejas cuando las autoridades administrativas de carácter federal, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, cometan actos u omisiones que violen los derechos humanos.
También, cuando una persona cometa un ilícito con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad federal, o cuando estos últimos se nieguen, sin fundamento, a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos; particularmente tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas.
Además, cuando se presenten inconformidades por las omisiones o por la inactividad en que incurran los Organismos Locales de Derechos Humanos, así como por la insuficiencia en el cumplimiento de sus recomendaciones, por parte de las autoridades locales.
En los casos antes mencionados, la CNDH tiene competencia para conocer las quejas relacionadas con presuntas violaciones a derechos humanos en cualquier lugar del territorio nacional.
Esta Comisión Nacional recuerda que, para poder tramitar una queja, ésta deberá:
Ser presentada por escrito en las instalaciones de la CNDH, o enviarse por correo o por fax. En casos urgentes, se admitirán las quejas no escritas que se formulen por otro medio de comunicación como el teléfono; en este caso, únicamente se deberán mencionar los datos mínimos de identificación. Cuando se trate de menores de edad o de personas que no puedan escribir, pueden presentar su queja oralmente.
Dirigirse a la CNDH o a su Presidenta, Mtra. María del Rosario Piedra Ibarra, y solicitar expresamente la intervención de este Organismo Nacional.
Estar firmada o presentar la huella digital del interesado; la CNDH no admite comunicaciones anónimas. Por ello, si en un primer momento, el quejoso no se identifica o firma su escrito de queja, deberá ratificarlo dentro de los tres días siguientes a su presentación.
También deberá contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y, de ser posible, un número telefónico en el que se pueda localizar a la persona a la cual le han sido o le están violando sus derechos fundamentales, así como de la persona que presenta la queja; contar con una narración de los hechos que se consideran violatorios a los derechos humanos, estableciendo el nombre de la autoridad presuntamente responsable, y entregarse, de ser posible, acompañada de todos los documentos con que la persona cuente para comprobar la violación a los derechos humanos.
Es importante mencionar, que todos los servicios que la CNDH proporciona son gratuitos; para solicitarlos no es necesaria la ayuda de un abogado, ya que este Organismo Nacional cuenta con el personal capacitado para auxiliar, orientar y asesorar jurídicamente a quien lo requiera.
Cabe señalar que en la Dirección General de Quejas, Orientación y Transparencia cuenta con personal de guardia, que se encarga de recibir y atender las reclamaciones o quejas urgentes, así como de proporcionar cualquier tipo de asesoría o información durante las 24 horas del día los 365 días del año.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos recuerda que las quejas también pueden presentarse en línea en la página www.cndh.org.mx o llamando al teléfono de conmutador 55 5681 8125, solicitando se transfiera la llamada al área de Quejas.