La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación por Violaciones Graves 29VG/2019 al Secretario de Marina (SEMAR), José Rafael Ojeda Durán, por la detención arbitraria, retención ilegal, actos de tortura y cateo ilegal contra 10 hombres, y al Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, cuyo personal violentó el derecho de acceso a la justicia de las víctimas.
Este Organismo Nacional acreditó que los hechos ocurrieron en diferentes momentos, entre 2016 y 2018, en los estados de Coahuila, Guerrero, Nayarit, Puebla, Sinaloa y Tamaulipas, así como que los elementos navales transgredieron los derechos a la libertad, integridad, seguridad personal y a la seguridad jurídica de las víctimas. Por lo que al tratarse de acciones imputables únicamente a ese personal, la CNDH, por economía procedimental y atenta a los principios de sencillez, concentró todos los expedientes de queja para resolverlos en una única Recomendación en que los hechos se calificaron como violaciones graves a derechos humanos.
También consideró que en los casos investigados, los agentes del Ministerio Público Federal violentaron el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, ya que tuvieron elementos suficientes para iniciar una indagatoria de la probable comisión de actos de tortura; sin embargo, hasta este momento solo en 5 casos (relacionados con 6 víctimas) se han iniciado las averiguaciones previas, correspondientes, cuando ha transcurrido un término que va de los 3 meses y 28 días hasta 4 años con 6 meses para el comienzo de su integración, y en 3 más (relacionados con 4 víctimas) no se tiene conocimiento que se tramite la investigación ministerial conducente, por lo cual la Recomendación también se dirigió a la FGR.
Entre 2016 y 2018 la CNDH recibió diversas quejas de las propias víctimas, así como tres vistas presentadas por dos Juzgados de Distrito, en las que manifestaban que elementos de diversas zonas navales de la SEMAR habían realizado, en distintos momentos y lugares del territorio nacional, la detención arbitraria de 10 personas y que durante el tiempo que estuvieron bajo su custodia sufrieron actos de tortura, ante lo cual el Organismo Nacional acreditó que tales acciones están relacionadas con una práctica o patrón de actuación que suele ocurrir cuando los elementos navales realizan detenciones de personas alegando supuestos casos de flagrancia o de denuncias anónimas y que derivan en actos violatorios de derechos humanos.
La Recomendación incluye la investigación de 8 expedientes de queja relacionados con 10 víctimas, por hechos ocurridos en los Estados de Coahuila, Guerrero, Nayarit, Puebla, Sinaloa y Tamaulipas. Esta Comisión Nacional también acreditó que, posterior a su detención, los agraviados fueron retenidos ilegalmente; que 6 de ellos fueron llevados a instalaciones de la SEMAR, a 1 lo mantuvieron a bordo de un vehículo y 3 más a diversos inmuebles, donde fueron agredidos y permanecieron retenidos bajo custodia de los elementos aprehensores por tiempo excesivo, para finalmente ser puestos a disposición del Ministerio Público Federal, dándose inicio a las averiguaciones previas correspondientes por la probable comisión de delitos del orden federal.
Por todo ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomienda al Secretario de Marina reparar el daño ocasionado a los 10 hombres, conforme a la Ley General de Víctimas e inscribirles en el Registro Nacional de Víctimas; colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia y queja que la CNDH formule ante la Fiscalía General de la República y la instancia competente de la SEMAR, respectivamente, contra los elementos navales involucrados en los hechos.
Además, deberá capacitar al personal de la SEMAR, incluido el personal médico, en materia de respeto a derechos humanos, enfocados a la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y aplicar efectivamente el “Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas”, en todos sus operativos, en relación con el uso de cámaras fotográficas, de videograbación y grabación de audio.
A la Fiscalía General de la República pide continuar con la práctica de las diligencias que sean legal y materialmente necesarias para determinar conforme a derecho las 5 averiguaciones previas existentes, y colaborar con esta Comisión Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia y queja que promueva ante las instancias competentes de esa Fiscalía contra los Agentes del Ministerio Público responsables.
A las dos autoridades les solicita designar a sendas personas servidoras públicas como enlace con este Organismo Nacional para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación 29VG/2019, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx