Las Relatorías Especiales sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, y sobre la situación de los defensores de derechos humanos de la ONU refrendaron su respaldo a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) frente a las descalificaciones en su contra emitidas por el Presidente de México y otras autoridades federales.
El Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Clément Nyaletsossi Voulet, y el Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, Michel Forst, quienes suscriben el documento dirigido al Presidente de México, plantean expresar públicamente sus preocupaciones al respecto, pues consideran que las informaciones que han recibido son suficientemente fiables para indicar que existe un asunto que justifica atención inmediata, y que la opinión pública debe ser informada sobre las implicaciones potenciales relacionadas con las afirmaciones referidas.
Ambos Relatores recuerdan al Presidente de México que la CNDH es una Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) acreditada con estatus “A”, toda vez que cumple con los denominados “Principios de París” y, sin prejuzgar sobre la información recibida, le expresaron su preocupación respecto de las acciones y declaraciones contra el Organismo Nacional, ya que las INDH son actores clave en la promoción del derecho a defender los derechos humanos y están llamadas a ser la piedra angular de los sistemas nacionales de protección de los derechos fundamentales.
Tras mencionarle que la CNDH contribuye a generar un ambiente propicio para la promoción y la protección de los derechos humanos, le recuerdan la importancia de que el Poder Ejecutivo promueva espacios de diálogo mientras reafirma su compromiso con tales derechos en sincronía con las instituciones nacionales que cumplen con su mandato de proteger y promover las prerrogativas básicas de las y los mexicanos. Señalan que “Es preocupante que a través de declaraciones públicas, el titular del poder ejecutivo federal desacredite la independencia de una institución nacional de derechos humanos”.
“Lamentamos que –añaden—, de ser verificados estos hechos, pongan en riesgo la independencia de los organismos autónomos, como lo es la CNDH, toda vez que desde una posición pública de poder, tales declaraciones no conducirían a crear un entorno propicio para que dichos organismos puedan llevar a cabo las funciones previstas en su mandato, sin injerencias del poder ejecutivo”.
Afirman que es entendible que haya diferencias entre las instituciones de esta naturaleza y el gobierno, ante lo cual subrayan que el debate público sobre la actuación de las INDH es un elemento de fortalecimiento para éstas. Sin embargo, las expresiones deben realizarse de forma cooperativa, dentro de los estrictos límites del funcionamiento de la institución, ya que son preocupantes el lenguaje y los medios empleados por el poder ejecutivo federal al referirse al trabajo de la CNDH, ya que generan un entorno hostil que deslegitimiza tanto a ese Organismo como la labor de protección y promoción de los derechos humanos en general.
“Nos preocupa en particular –aseguran—, el impacto que estas declaraciones pueden tener en la sociedad, y sobre todo en las personas defensoras de derechos humanos, que pueden sentirse en menos seguridad para ejercer plenamente su labor. Igualmente tienen un impacto en la plena vigencia de los derechos humanos, particularmente de quienes se encuentra en una situación de mayor vulnerabilidad”.
En el documento fechado el pasado 29 de julio en el Palacio de las Naciones, en Ginebra, Suiza, dichos Relatores Especiales señalan contar con información respecto del rechazo de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Bienestar a la Recomendación 29/2019 de la CNDH, justificando que el Estado mexicano no incumplió con el principio de progresividad y no regresividad, así como de las expresiones del Ejecutivo federal que rechazó esa Recomendación durante una conferencia de prensa pública, calificándola como “inaceptable y hasta una vergüenza”, y agregando que de aceptarla se cometería una violación de derechos humanos, ante lo cual le recuerdan que, como lo establece la Constitución Mexicana, todo servidor público está obligado a responder a las recomendaciones de la CNDH, y en caso de no aceptarla, la negativa debe estar fundada, motivada y hacerse pública.
También le hacen saber que tienen información sobre cuatro acciones de inconstitucionalidad que la CNDH presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las leyes secundarias que se derivan de la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, y le recuerdan que declaró que la CNDH “no tiene mucha autoridad moral porque guardaron silencio cómplice cuando el Estado era el principal violador de derechos humanos”, y también sobre el hecho de que el informe anual de labores de la Comisión Nacional, por primera vez en la historia del Organismo, se entregara en versión impresa a la Secretaría de Gobernación, en lugar de realizar un evento público con la presencia del Presidente de la República, en que se hubiera entablado un espacio de diálogo para exponer la situación actual de los derechos humanos en México, así como un intercambio sobre los retos y las situaciones que demandan atención particular.
En relación con lo anterior, los Relatores le adjuntan el Anexo de referencias al derecho internacional de los derechos humanos, que resume los instrumentos y principios internacionales pertinentes, y le solicitan, con base en los mandatos del Consejo de Derechos Humanos, clarificar las situaciones anteriores mediante información o comentarios adicionales, proporcionar información sobre los mecanismos de protección para que las personas defensoras de los derechos humanos y las INDH lleven a cabo las funciones previstas en su mandato en un entorno propicio y de manera independiente, así como proporcionar los fundamentos de las declaraciones emitidas por autoridades federales en relación con la labor de la CNDH, e informar si se ha tomado alguna medida de reparación para garantizar la no repetición de esos hechos.
Cabe mencionar que el pasado viernes 27 de septiembre, la CNDH conoció, al hacerse pública en la página de Internet de la sección de comunicaciones de los procedimientos especiales de la ONU, dicha misiva fechada el pasado 29 de julio, dirigida al Presidente de México en relación con sus acciones y declaraciones descalificadoras y de otras autoridades del Poder Ejecutivo federal sobre el trabajo de la CNDH.
Al cumplirse el plazo de 60 días establecido en el texto para hacer pública la comunicación referida y con base en el mandato de ambos relatores, el cual establece que pueden recabar, recibir, examinar información, así como responder a la misma, sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos informa sobre el contenido de dicho texto.