Suspende registro civil de la CDMX trámites en ventanilla

  • La medida aplica del 23 de marzo al 20 de abril.
  • Sin embargo, tres juzgados atenderán trámites de defunción.

En atención a las medidas dispuestas para prevenir la propagación del virus COVID-19, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el pasado 20 de marzo, la Dirección General del Registro Civil suspenderá del 23 de marzo al 19 de abril la realización de trámites en ventanilla.

Para la expedición de copias certificadas de actas y para el seguimiento de trámites, se puede optar por la vía electrónica desde la siguiente liga: http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/dgrc/otros-tramites

Para la expedición de copias certificadas de actas de nacimiento de la Ciudad de México se encuentran habilitados kioskos de la Tesorería, de lunes a domingo en el horario de 9:00 a 20:00 horas. En tanto, para la obtención de actas de otras entidades federativas se puede acudir al trámite en línea en www.gob.mx/actasnacimiento.
Durante el periodo referido, el Registro Civil no llevará a cabo los siguientes trámites en ventanilla:

  • Compra de copia Actas de la CDMX y foráneas
  • Sentencias y Amparos
  • Corrección de Extractos y de Actas
  • Entrega de Actas
  • Faltante de libro
  • Atención Ciudadana
  • Juzgado Central (registro de nacimiento, cambio sexogenérico, reconocimiento, matrimonio, e inscripción de actas)

Cabe mencionar, sin embargo, que estarán abiertos los Juzgados 14, 18 y 51 únicamente para realizar trámites de Defunción, en un horario de 8:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo.
Para las celebraciones de matrimonio que se tengan programadas entre el 23 de marzo y el 19 de abril, así como para el registro de menores de edad y resultados de corrección de acta, estos quedan pospuestos hasta el levantamiento de la contingencia.
La Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México reitera que ante la actual contingencia que estamos viviendo se deben extremar medidas preventivas. Es prioridad salvaguardar en todo momento el derecho humano a la salud, tanto del público usuario en general como de los trabajadores.

Deja un comentario