Derechos Humanos y Justicia – La reforma fiscal, modificaciones e implicaciones

Las personas físicas y jurídico-colectivas, según los ordenamientos que rigen la materia fiscal, se encuentran obligadas a contribuir con el gasto público. Contribuciones que se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social y contribuciones de mejoras y derechos. En el Estado mexicano, es el artículo 31 de la Constitución política federal el que establece como obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Al preguntarse, para qué cumplir con esta obligación o para qué sirven dichas contribuciones tendría que reconocerse, en primer lugar, cuál es el objeto de éstas. Según los doctrinarios, con las aportaciones se busca que el Estado en ejercicio de su poder de imperio cubra los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines; por lo que dichas contribuciones permitirán satisfacer las necesidades de la sociedad. Su importancia, desde esta óptica, es mayúscula para todos los Estados, pues sin ellas, no podría hablarse de servicios públicos de calidad, servicios de seguridad social, obras públicas, uso o aprovechamiento de bienes de dominio público o programas sociales.

Empero, esta obligación en la práctica cotidiana puede representar un problema para los contribuyentes, máxime cuando estamos ante una vertiginosa cascada de reformas y, la materia fiscal no es la excepción. En ese contexto, el 30 de octubre de 2019 se aprobó el Paquete económico presentado por el Ejecutivo Federal, que contenía modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta en el caso de los contribuyentes que obtienen ingresos por la prestación de servicios, alquiler de un inmueble, o venta de bienes, por medio de una plataforma digital; entratándose de subcontratación laboral (ISR e IVA), el tratamiento fiscal para negativas de pensión, entrega de rentas vencidas y reporte de ingresos por arrendamiento en sentencia de orden civil y deducción adicional del 25% para empleadores que contraten personas con alguna discapacidad.

Asimismo, se impactó el articulado de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en aspectos relacionados con la prestación de servicios digitales brindados mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de internet u otra red, excención a las actividades que realizan las instituciones autorizadas para recibir donativos, servicios de transporte particular y la opción para no emitir constancia de retención.

Entre otros puntos destacables se encuentran las modificaciones al Código Fiscal de la Federación, que prevén un nuevo procedimiento a través del cual las autoridades podrán restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital; se añaden supuestos en los que los socios y accionistas de una sociedad deberán responder de manera solidaria respecto de las obligaciones fiscales de la moral que constituyeron y se contempla la actualización del buzón tributario.

Ante estos nuevos supuestos y alcances, conocer el espíritu y contenido de la normativa en materia fiscal y sus implicaciones, se vuelve necesario tanto para personas físicas como jurídico-colectivas. Así, contar con asesoría especializada e integral en materia fiscal es trascendente; ya que no basta atender aspectos contables, administrativos, laborales, de seguridad social y propiamente fiscales, de forma aislada; pues las grandes reformas que se han aprobado y las que entrarán en vigor a partir de enero de 2020 -relativas al Paquete Económico -; constituyen un conjunto de deberes que requieren ser atendidos a través de una estrategia fiscal integral, que permita prevenir el incumplimiento de obligaciones que puedan generar sanciones económicas e incluso de naturaleza penal.

Cumplir con nuestras obligaciones fiscales, debe ser un ejercicio permanente que nos posibilite tener la seguridad y tranquilidad para exigir al Estado la observancia del respeto al derecho humano a una adecuada administración pública. Estar informados y conscientes de nuestros derechos y deberes, es la llave que abre la puerta a una cultura de participación democrática activa; es el camino para que desde la trinchera social, coadyuvemos en hacer del respeto a los derechos humanos y el acceso a la justicia nuestra realidad de vida.

Miguel Ángel Cruz Muciño.

Abogado egresado de la Universidad Anáhuac, México Norte;

especialista en derechos humanos, derecho legislativo, y

socio fundador de “Cruz Muciño y Asociados. Abogados”.

Contacto:

Facebook: Miguel Ángel Cruz Muciño    |    CMAabogados

Twitter: @Cruzmiguel_1981    |    @abogadoscma

Instagram: cruzmiguel_1981

Deja un comentario